Coopelectric informó que a partir del mes de julio los conceptos ajenos al Servicio Eléctrico serán facturados por separado dentro del mismo comprobante.
La medida responde a la resolución 167/18 que en el 2018 dictó el organismo de control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA) que determina que los distribuidores provinciales y municipales no podrán incorporar en su facturación conceptos ajenos a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica, ni conceptos adicionales vinculados al servicio público de repartición de energía eléctrica, sin la previa aprobación del Oceba, con excepción de lo dispuesto por la Ley 10.740 con relación al alumbrado público.
La fecha para la entrada en vigencia de la medida se dispuso el mes de julio de 2019 a fin de que las distribuidoras pudieran adecuar sus sistemas de cobro.
Desde la cooperativa eléctrica informaron que los Servicios de Velatorio e Inhumación/Cremación de los socios que adhirieron voluntariamente, permanecerán en la factura del Servicio Eléctrico pero troquelados de forma separada (talones con códigos de barra distintos) para permitir el pago autónomo.
Estos servicios podrán abonarse en los mismos centros de pago habilitados para las facturas de Electricidad y Agua.