En el marco de la sesión ordinaria del Concejo Deliberante del último jueves, se aprobó una importante ordenanza que regula las Audiencias Públicas mediante la adhesión de la Ley provincial. La propuesta fue presentada por el Frente de Todos, en voz de Germán Aramburu.
La intención es adherir a la Ley 13.569 de la Provincia, y de esta forma reglamentar el funcionamiento de las Audiencias Públicas en el Municipio, que es “el procedimiento público de participación, en el que se otorga a los interesados la garantía de saber de qué se trata y de manifestarse en forma previa al dictado de una decisión administrativa o legislativa que puede afectar sus derechos”.
Dichas Audiencias se pueden convocar mediante un decreto del Intendente o desde el mismo Concejo Deliberante, con el acompañamiento de los dos tercios del cuerpo deliberativo. Cabe señalar además que pueden ser obligatorias y facultativas, y su resolución es vinculante, no así las opiniones recogidas durante las audiencias.
Un dato a tener en cuenta es que la omisión o no realización de Audiencias Públicas “es causal de nulidad del acto que se produzca en consecuencia, quedando abierta la actuación judicial”.
Además, los vecinos pueden solicitar por escrito al Intendente o al Presidente del Concejo Deliberante el llamado a audiencia pública para el tratamiento de un determinado tema.
La ordenanza, que contempla hasta los tiempos de oratoria de cada uno de los opinantes en caso de desarrollo de una Audiencia Pública, reglamenta todos los detalles vinculados a dicha actividad, que fomenta la participación ciudadana y la opinión de la ciudadanía. Las Audiencias Públicas se conocieron masivamente, por ejemplo, en pedidos de suba de empresas de servicios públicos que requerían este paso antes de efectivizar dicha suba.
