Un olavarriense de 38 años, con domicilio en Azul, fue condenado a una pena de once años de prisión por hechos de abuso sexual que tuvieron como víctima a una adolescente en el año 2018.
Se trata de Julio Alejandro Damián Cuevas, quien fue condenado en fallo de primera instancia en el Tribunal Oral en lo Criminal número 1 de Azul por los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, agravado por ser encargado de la guarda” y “abuso sexual simple” hechos cometidos “en concurso real” de acciones.
De acuerdo a lo publicado por diario El Tiempo, en la resolución se dispuso que, una vez que este fallo quede firme, se le tomen “muestras o evidencias biológicas” al olavarriense “a los efectos de su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a los delitos contra la integridad sexual”.
Según lo que quedara probado, aquellos dos hechos de abuso sexual que Cuevas cometió se registraron durante el transcurso del mes de febrero de 2018.
El primero tuvo como escenario una casa de Azul a la que víctima había ido una noche a quedarse a dormir. En esas circunstancias, cuando la menor “se hallaba bajo la guarda y en la vivienda” del encausado, Cuevas “abusó sexualmente de la niña”.
La menor estaba durmiendo cuando, imprevistamente, el hombre comenzó a tocarle sus partes íntimas y, al mismo tiempo, empezó a desarrollar otras conductas de índole sexual que implicaron que la chica fuera abusada.
Al despertarse, la adolescente reaccionó inmediatamente y le pegó una patada a su abusador, logrando de esa manera que el hombre cesara en su accionar, se mencionó en un tramo de la sentencia.
Posterior a ese hecho, también durante febrero del año 2018, el encausado y la víctima protagonizaron el segundo episodio. Ese incidente ocurrió en la vía pública, cuando la menor iba caminando y Cuevas andaba en un auto cuya marcha detuvo al observar a la adolescente. Y una vez que se bajó del rodado, “la tomó por la fuerza comenzando a besarla en la boca contra su voluntad, cesando en su accionar cuando la niña pudo sacar su teléfono celular y le anunció que daría aviso de lo que estaba haciendo a su padre”, se mencionó en el fallo.
Entre los elementos valorados para dar por demostrados los hechos anteriormente mencionados el Tribunal tuvo en cuenta el testimonio de la víctima. “Fundamentalmente, valoro la declaración testimonial que la menor prestara bajo la modalidad de Cámara Gesell”, escribió el juez Céspedes en el fallo con relación a esos dichos.
Fuente: Diario El Tiempo de Azul