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Cuáles son las restricciones del nuevo decreto municipal en fase 4

Se oficializó el decreto que tendrá vigencia hasta el 28 de junio en nuestra ciudad.

Tras la conferencia de prensa que realizó este lunes a las 18, encabezada por el intendente Ezequiel Galli, y el secretario de Salud, Germán Caputo, se emitió el nuevo decreto, luego de que la Jefatura de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires coloque al partido de Olavarría en Fase 4.

En este marco el Intendente comunicó que la “Fase 4 viene con algunas restricciones” y que “no dudaremos en derogar o volver para atrás si lo creemos necesario” el nuevo decreto se extenderá hasta el 28 de junio y el deporte local inicia las gestiones para poder regresar.

Según el documento, oficializado mediante la firma del intendente Ezequiel Galli, el Secretario de Gobierno Hilario Galli, el Secretario de Salud Germán Caputo junto con otros funcionarios municipales, éstas son las actividades y puntos clave del nuevo decreto:

1. Supermercados, almacenes y despensas, carnicerías, pescaderías, fiambrerías, granjas y pollerías, verdulerías y fruterías, panaderías y confiterías, ferreterías, artículos de limpieza y lavanderías, podrán funcionar de 6 a 21.

2. Venta de insumos agropecuarios, mayoristas de venta de productos alimenticios, provisión de garrafas y leña; podrán funcionar de 6 a 21.

3. Veterinarias, farmacias, venta de equipamientos médicos y medicamentos; podrán funcionar de 6 a 21, y sin límite de horario en el caso de urgencias o aquellas que estén de turno.

4. Kioscos; podrán funcionar de 6 a 00.00.

5. Médicos, odontólogos, centros de diagnóstico por imágenes, ópticas, kinesiólogos, nutricionistas, fonoaudiólogos, y psicólogos, de 8 a 21, con turnos previos y sin límite de horario en el caso de urgencias.

6. Laboratorios de análisis clínicos de 7 a 21, con turnos previos y sin límite de horario en el caso de urgencias.

7. Comidas elaboradas para llevar; podrán funcionar con delivery y con el modo “para llevar” permitiendo que sus clientes se apersonen a sus establecimientos a retirar los pedidos, hasta las 00.00. Para el retiro de los pedidos los clientes deberán respetar el distanciamiento social que nunca podrá ser inferior a los dos (2) metros.

7. Cervecerías y vinotecas; podrán funcionar hasta las 21.

8. Estaciones de servicio, servicios postales y distribución de paquetería funcionarán sin restricción horaria alguna.

9. Registros de la propiedad del automotor, y de las personas; podrán funcionar de 8 a 18.

10-Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas, al igual que fabricación, venta y reparación de neumáticos, ambos rubros funcionaran de 8 a 21. 

11- Venta de Repuestos partes , piezas para automotores, motocicleta y bicicletas de 8 a 21.

12- Venta de artículos de librería e insumos informáticos de 8 a 21.

13- Las oficinas de obras sociales y mutuales, y/o medicina prepaga podrán funcionar de 8 a 21.

14-Comercios de venta por mayor y menor de 8 a 21.

15-Actividad aseguradora desarrolladas por compañías aseguradora, reaseguradoras e intermediarios de 6 a 21.

16-Oficios y profesionales de 6 a 21

17-El personal del servicio domestico de 6 a 21.

18-Establecimientos que desarrollen cobranza de servicios e impuestos de 8 a 21.

19-Agencias de ventas automotores y vehículos de 8 a 21.

20-Lavaderos de automotores, funcionaran de 8 a 21.

21-Peluquerias, y centros de estética de 8 a 21 con turnos previamente asignados.

22-Estacionamiento medido funcionará de 9 a 20.

23- Mudanzas y fletes podrán funcionar de 8 a 21.

24- Agencias de loterías podrán funcionar de 8 a 21.

25-Salas cinematográficas, podrán funcionar sujetas al protocolo que establece el 30% de aforo, de 8 a 00.00.

26-Sala de bingo, podrá funcionar sujeta al protocolo que establece el 30% de aforo de 6 a 00.00.

27- Salones de fiestas y establecimiento afines con un aforo del 30% de su capacidad pudiendo funcionar de 8 a 00.00.  

 

Con respecto a lo deportivo, el documento estipula los siguientes puntos:

1. Canchas de Padel, las que podrán funcionar de 6 a 22 (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años).

2. Running, se permitirá de 6 a 22.

3. Ciclismo, se permitirá de 6 a 22.

4.- Pesca en las lagunas Blanca Grande, Blanca Chica, y el Laguito, y La Mostaza se permitirá de 7 a 18.

5. Pesca en el arroyo, se permitirá de 7 a 19.

6. Tenis, podrá funcionar de 8 a 22.

7. Golf, podrá funcionar de 8 a 19.

8. Tiro individual en espacios abiertos, podrá funcionar de 8 a 19, (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años).

9.- Hipismo, podrá funcionar de 8 a 19.

10. Canotaje, podrá funcionar de 8 a 19.

11.- Patín carrera y patín artístico es espacios abiertos, podrán funcionar de 8 a 22.

12.- Arquería en espacios abiertos, podrá funcionar hasta las 20, (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años).

13. Kite Surfing, se permitirá de 8 a 18.

14. Atletismo, podrá funcionar de 8 a 22.

15. Skate, podrán funcionar de 8 a 20.

16.- Aeromodelismo, podrán funcionar de 8 a 19.

17. Preparación física individual con entrenador personal en espacios abiertos, podrán funcionar de 6 a 22.

18. Parapente, podrá funcionar de 8 a 18.

19. Gimnasios, crossfit, yoga y pilates solo podrán funcionar al aire libre entre las 6 y las 22 horas.

20. Pileta climatizadas y natatorios, las que podrán funcionar de 6 a 22 (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60años)

21. Bochas, podrá funcionar de 8 a 22 al aire libre (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años).

22- Pelota paleta podrá funcionar  de 8  a 22 (debiendo prever un horario exclusivos para mayores de 60) .

23. Clubes y complejos deportivos podrán funcionar de 8 a 20.

24- Bowling podrá funcionar de 8 a 22 (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años).

25- Tenis de Mesa y Badminton, las que podrán funcionar de 8 a 22 (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años).

26- Boxeo y Artes Marciales sin contacto físico sujeto a protocolo de gimnasios las que podrán funcionar de 8 a 22  (debiendo prever un horario exclusivos para mayores de 60) .

27-Cinco Quillas que podrá funcionar de 8 a 22 (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años).

28-Colombofilia  podrá funcionar de 8 a 20.

29- Paintball, que podrá funcionar de 8 a 20 (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años).

30-Deportes de conjunto de más de 10 personas en espacios abiertos o en espacios cerrados con amplia ventilación natural los que podrán funcionar de 8 a 22  (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años), deberán funcionar sin publico y sin participación de deportistas de otra ciudades. 

31-Deportes de conjunto de hasta 10 personas en espacios abiertos o en espacios cerrados los que podrán funcionar de 8 a 22 (debiendo prever un horario exclusivo para mayores de 60 años), deberán funcionar sin publico y sin participación de deportistas de otra ciudades. 

32- Clubes y complejos deportivos podrán funcionar de 6 a 22.

Con respecto a las actividades culturales, se decretó lo siguiente:

Se podrán realizar en el horario de 8 a 20 horas, el funcionamiento de las siguientes actividades educativas y culturales:

1. Producción y/o grabación de contenido para transmisión y/o reproducción a través de los medios digitales y/o plataformas web (“Streaming”) hasta 10 personas.

2. Ensayos de obras musicales y teatrales hasta 10 personas.

3. Asistencia a estudios/ espacios culturales/ ateliers de parte de sus artistas de hasta 10 personas.

4. Talleres Culturales al aire libre o en espacios de amplia ventilación natural hasta 20 personas.

5. Ferias de Artesanos y Emprendedores al aire libre, las que se realizarán en lugar y fecha que asignará esta administración a solicitud de los interesados. En ningún caso podrán realizarse en la zona céntrica de la ciudad para evitar la conglomeración de personas.

6. Talleres protegidos.

7. Jardines Maternales.

8. Institutos de enseñanza privada, idiomas, música, artesanías, etc.

9-Artes escénicas y musicales hasta, hasta 20 personas.

10-Museo, con un aforo del 30 porciento con estricto cumplimiento del protocolo.

11- Bibliotecas con un aforo del 30 porciento de su capacidad.

 

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