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Condenaron a seis años de prisión a un “delivery” de drogas

Dicha pena se dio en el marco de un juicio abreviado, además el olavarriense deberá pagar una multa.

En el marco de un juicio abreviado que se llevó a cabo en el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1, un olavarriense que comercializaba drogas bajo la modalidad de “delivery” recibió una pena de seis años de prisión y el pago de una multa por infracción a la Ley 23.737.

 

El Tribunal Oran en lo Criminal N° 1, a cargo del juez Joaquín Duba, determinó en un juicio abreviado una pena de seis años de prisión y una multa a un olavarriense por “tenencia ilegitima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor agravada por su comisión en inmediaciones de un establecimiento de enseñanza, centro asistencial, institución deportiva, cultural o social o en sitios donde se realizan espectáculos o diversiones públicos o en otros lugares a los que los escolares y estudiantes acudan para realizar actividades educativas, deportivas o sociales”.

 

El imputado y condenado es Matías Daniel Ortíz, de 34 años, un "moto mandados" de nuestra ciudad que fue arrestado -junto a otros dos hombres- durante un allanamiento realizado en su domicilio el 3 de marzo de 2021.

 

Ortíz, comenzó a ser investigado tras una denuncia anónima y durante los allanamientos se encontró y secuestró más de 94 gramos de cocaína y poco menos de cinco gramos de cannabis sativa, "estupefacientes comprendidos dentro de las previsiones de la ley 23.737" que, según mencionó el fallo, el detenido tenía en su poder  "con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor".

 

Durante el operativo realizado en su casa, también se encontró una suma de dinero cercana a los 70.000 pesos, producto de esa venta al menudeo de drogas que Ortíz realizaba desde su casa y también bajo la modalidad conocida como "delivery”.

 

Además, de "elementos aptos para llevar a cabo la referida comercialización", entre los que figuraron un cuadernillo con anotaciones, cuatro teléfonos celulares, una laptop, recortes de nylon, dos balanzas de precisión y paquetes que contenían bandas elásticas.

 

A su vez, el día del arresto le secuestraron un auto de marca Renault "Sandero" que, de acuerdo con lo investigado, utilizaba para llevar a cabo la venta de estupefacientes.

 

La calificación penal que recibió el olavarriense, responde a que esa actividad ilegal la desarrollaba desde su domicilio, que está situado en inmediaciones de una plaza, de una iglesia y de una escuela primaria.

 

El Juez que intervino en este proceso de juicio abreviado valoró como una atenuante que el imputado no registraba antecedentes penales computables y como una circunstancia agravante, "la cantidad de estupefacientes secuestrados" durante lo que fuera el allanamiento.

 

"No pudiéndose imponer una pena superior a la solicitada por el Fiscal", escribió en lo resuelto el juez Duba,  al aludir a lo que señala el artículo 399 del Código Procesal Penal con relación a las características de un juicio abreviado, finalmente ese magistrado se pronunció a favor de imponerle al olavarriense el mismo monto de pena a prisión que las partes acordaran, en la previa a que desde la Acusación fuera solicitada la realización de este proceso.

 

El fiscal Lucas Moyano representó al Ministerio Público Fiscal en el juicio abreviado; mientras que como defensor Particular del ahora condenado intervino el abogado Gustavo Scotto.

 

Fuente: Diario El Tiempo de Azul. 

 

 

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