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Multa millonaria: imputaron a Mercado Libre por publicidad engañosa

Según las autoridades, desde la plataforma se publicitan productos con la posibilidad de pagarlo en cuotas sin interés cuando en realidad tendrían un precio mayor que en pago al contado. La empresa tiene cinco días hábiles para efectuar su defensa. 

 

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo imputó a la famosa plataforma Mercado Libre por “presunta publicidad engañosa”, lo que podría significar una multa de hasta 5 millones de pesos.

 

La imputación, que también fue dirigida a 16 proveedores que operan en la plataforma e-commerce, fue realizada porque tanto ellos como la reconocida plataforma de compra y venta estarían “publicitando productos para las y los consumidores con la posibilidad de pagarlo en cuotas sin interés cuando en realidad tendrían un precio mayor que en pago al contado”.

 

Si las conductas advertidas quedan debidamente acreditadas, se le aplicarán multas que pueden alcanzar los 5.000.000 pesos”, informaron desde el Ministerio de Desarrollo Productivo.

 

Fue a partir de una investigación de oficio que la Dirección Nacional, dependiente de la Secretaría de Comercio Interior, detectó que “muchos productos promocionados con la posibilidad de abonar en cuotas sin interés, tendrían publicaciones gemelas del mismo producto y del mismo proveedor, pero sin la posibilidad de pagar en cuotas sin interés, cuyo valor al contado era menor”.

 

La fiscalización fue realizada en febrero y marzo y en ella se encontraron publicaciones en Mercado Libre en las que se observaban ofertas destacadas con mensajes y expresiones como “descubrí un universo de descuentos hasta 40 por ciento hasta 12x sin interés” o “hasta 50 por ciento off y 12x sin interés”, entre otras ofertas que en realidad no se estarían cumpliendo.

 

“De este modo, se habría inducido a las y los consumidores a la creencia de que se estaba ofreciendo la posibilidad de abonar productos en cuotas sin interés, cuando no sería cierto, ya que las publicaciones en cuotas tendrían un precio mayor”, precisó el organismo.

 

Esta práctica, se agregó, “configuraría un presunto incumplimiento a los artículos 4 y 7 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor”, que “obligan, respectivamente, a todo proveedor a suministrar en forma cierta, clara y detallada información veraz sobre todo lo relacionado con las condiciones de comercialización de los bienes que provee y sobre las modalidades, condiciones o limitaciones de la oferta que emite”.

 

La empresa tiene cinco días hábiles para efectuar su descargo. En el caso de que efectivamente se acrediten las conductas advertidas, se aplicarán las multas establecidas en la normativa vigente, que pueden alcanzar los 5.000.000 pesos, advirtiron.

 

 

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