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El Gobierno estableció nuevas pautas para que los gobernadores restrinjan la circulación

Establece que los gobernadores deberán priorizar la limitación de la circulación en horario nocturno, aunque no prohíbe que se adopten medidas durante el día. 

Tal como se había anunciado, el Gobierno oficializó nuevas pautas para que los gobernadores restrinjan la circulación ante el aumento de casos de coronavirus  El documento establece dos indicadores que los mandatarios deberán tener en cuenta para avanzar con las restricciones.

Fue el  jefe de Gabinete, Santiago Cafiero quien precisó este viernes, a través de una conferencia de prensa, algunos aspectos de la medida, que no será de cumplimiento obligatorio ya que cada mandatario tendrá la potestad de aplicar las restricciones que considere pertinentes.                       

El Decreto 1.033, que rige hasta el 31 de diciembre, delega "la facultad de gobernadores de poder tomar medidas de restricción de actividad, horario y circulación, algunas provincias ya han tomado estas medidas de restricción en horario nocturno” y agregó que “se determinó una serie de indicadores que son los que expresan el riesgo epidemiológico”.

 “Lo que se hace a nivel nacional es fijar pautas y alertas sobre riesgos futuros. Hoy los gobernadores ya están facultados a adoptar medidas y lo que estamos haciendo es describiendo cuál es el detalle de peligro del aumento de casos que está surgiendo en muchas provincias de nuestro país”, aseguró Cafiero.  

“Nosotros lo que hacemos es definir el riesgo epidemiológico a partir de estos requisitos. Lo que hizo el Estado es lo mismo que ha hecho desde el primer día: trabajar en conjunto con todas las jurisdicciones. El Gobierno fija pautas nacionales y en virtud de la diversidad demográfica y cultural de la Argentina, quienes están al frente de los territorios deberán llevarlas adelante”, aseguro el funcionario en relación a la reticencia que mostraron determinadas zonas del país -entre ellas Córdoba, Ciudad de Buenos Aires y Mendoza- a la idea del cierre nocturno.                   

Por su parte, Carla Vizzotti, Secretaria de Acceso a la Salud, explicó cuáles son los dos requisitos que deberán observar los gobernadores para aplicar las restricciones, a saber: razón -cuando el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos sea superior a 1,20, es decir, que los casos aumenten un 20 por ciento de una quincena a la otra, e incidencia, cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes sea superior a 150.          

Según se informó, el Ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señalados y justamente en función de estos indicadores será que el gobierno nacional solicitará a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna. Aparte de eso, el Ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas.

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