En la jornada de este martes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial la comercialización de cuatro aceites a raíz de distintas irregularidades.
En la Disposición 2379/2019 el organismo detalló que el Aceite de Oliva, Virgen Extra, de la marca Doña Ycha (Origen: Catamarca) no cumplía con la normativa alimentaria vigente, ya que carece de autorizaciones correspondientes al establecimiento y al producto, “además de estar falsamente rotulado y ser en consecuencia ilegal”.
Como no es posible identificarlo en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, el producto no podrá ser elaborado, ni comercializado, ni expendido en ninguna parte del país, determinó la Anmat.
También se prohibió la comercialización del aceite oliva de marca Reino de León, de Catamarca, con el símbolo de alimento libre de gluten. Según consta en la disposición 2405/2019, el rótulo “Sin TACC” declara el atributo libre de gluten. En este caso se determinó la prohibición de comercialización ya que las “leyendas que atribuyen efectos o propiedades que no pueden demostrarse”.
A través de la disposición (2406/2019) se prohibió la comercialización del Aceite de Oliva extra virgen, marca Olivos Cuyanos, de La Rioja, que tampoco cumplía la normativa alimentaria vigente. Esto se debe a que el Departamento Vigilancia Alimentaria de esa provincia no pudo verificar la existencia de los registros del establecimiento ni del producto.
Desde la Anmat también prohibieron la comercialización del producto "Aceite de Girasol Comestible" de la marca Oleofe (de Santa Fe). Dicho producto contenía el símbolo de alimento libre de gluten y según explica la disposición 2407/2019 el producto no se encuentra inscripto con el atributo de alimento libre de gluten. Además, no indica en su envase N° de lote ni fecha de vencimiento.