Una jueza subrogante en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 11 hizo lugar este jueves a un amparo presentado por dos organizaciones antiderechos y ordenó la suspensión de la venta de Misop 200, la presentación de misoprostol para uso ginecológico.
Argumentó que el prospecto del medicamento indicaría que “debe ser utilizado siguiendo una estricta observación de la dosis y régimen recomendados" y “únicamente en centros hospitalarios con acceso a cuidados intensivos y cirugía de urgencia”.
El recurso fue presentado por la organización Portal de Belén (PdB) y la Asociación para la Promoción de los Derechos Civiles (Prodeci) y se consideró el planteo contra la ANMAT y suspendió la disposición que autorizaba a un laboratorio la venta.
Pero no es todo, también buscaban que se declare la "nulidad absoluta e insanable" por inconstitucional del "Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo", punto que fue rechazado.
Es viable recordar que el medicamento se podía comprar en farmacias de todo el país desde octubre del año pasado, según lo estableció Anmat a través de la disposición 946-12/10/ 2018.