Olavarría es la única ciudad bonaerense en “alto riesgo epidemiológico en aumento” | Infoeme
Viernes 29 de Marzo 2024 - 3:53hs
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Olavarría
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Olavarría es la única ciudad bonaerense en “alto riesgo epidemiológico en aumento”

Así lo informó este jueves el Ministerio de Salud, aunque desde el municipio aclararon que el organismo tendría los datos “desactualizados”.

Durante la mañana de este jueves el Ministerio de Salud de la Nación publicó un informe sanitario en el que clasificó a Olavarría como la única ciudad bonaerense en “alto riesgo epidemiológico en aumento”.

 

En el informe se actualizó el estado de todos los distritos del país, que, según su situación, fueron encuadrados en “alto”, “medio” o “bajo” riesgo epidemiológico según los indicadores sanitarios que se vienen implementando para diagramar el sistema de fases que rige desde hace más de un año.

 

El lunes, el gobierno provincial ratificó a Olavarría en fase 4, por lo que la información que difundió el Ministerio de Salud de la Nación causó sorpresa en la ciudad, que de esta manera quedó como la única de la provincia ubicada en la categoría de “alto riesgo epidemiológico en aumento”.

 

Desde el municipio manifestaron que el organismo tendría los datos “desactualizados”. “De hecho cuando estábamos en fase 3 de provincia ellos nos ponían en 4 o 5”, señalaron fuentes municipales.

 

De todas maneras, en el boletín oficial emitido esta mañana, la Jefatura de Gabinete de Ministros, adecuó los parámetros para precisar los criterios sobre los riesgos epidemiológicos y sanitarios que rigen en partidos y departamentos del país y estableció que serán considerados como de bajo riesgo las zonas del país en la cuales se verifiquen en los últimos 14 días una incidencia de número de casos inferior a 150 sobre 100 mil habitantes.

 

En la misma línea, serán considerados de Riesgo Epidemiológico y Sanitario Medio los municipios en los que la razón de casos -definida como “el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos”- sea inferior a 0,8, y la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea mayor a 150 y menor o igual a 400”.

 

También entrarán en esta categoría las zonas donde “el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, se encuentre entre 0,8 y 1,2 y la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días de 100.000 habitantes se encuentre entre 50 y 250”.

 

Finalmente, el documento clasifica como “de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario” las ciudades o municipios en donde “la razón de casos sea superior a 1,20 y la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea mayor a 150”.

 

También estarán en esta categoría aquellos lugares que “en los últimos 14 días hubieran estabilizado el aumento de casos, lo cual implica disminuir la razón de casos de 1,20 o más a una razón que se encuentre entre 0,8 y 1,20, y presenten una incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes mayor o igual a 250y los grandes aglomerados urbanos -departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes-, que pasarán a “situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100.000 habitantes sea igual o superior a 500”.

 

Además, “el porcentaje de ocupación de camas de terapia intensiva deberá ser mayor al 80 por ciento y se presente tendencia en ascenso del número de casos en tres semanas o más de aumento de casos de por lo menos el 10 por ciento por semana".

 

Con respecto a la normativa que regirá sobre los lugares considerados como de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario que presenten una razón de casos menor a 1,2, el documento expresa que estarán permitidas las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas, desarrollo de reuniones sociales en espacios públicos de hasta 50 personas, la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados, con un aforo del 50 por ciento, la actividades de casinos y bingos, con un aforo del 50 por ciento, adoptando los protocolos de cuidados respectivos”.

 

También se podrán llevar a cabo “todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados, con un aforo del 50 por ciento” y de la misma manera podrán estar abiertos “cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afine”, adoptando los protocolos de cuidados respectivos”.

 

Los locales gastronómicos, por su parte, podrán estar abiertos “hasta las 0 horas, salvo en la modalidad de reparto a domicilio”, y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía, con un aforo del 50 por ciento.

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