El intendente prorrogó la exención del 50% de la tasa de Seguridad e Higiene | Infoeme
Viernes 26 de Abril 2024 - 1:57hs
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Olavarría

El intendente prorrogó la exención del 50% de la tasa de Seguridad e Higiene

Por decreto el Intendente prorrogó el 50% de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.

El intendente Ezequiel Galli decretó la prórroga de la exención del 50% de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene para aquellos contribuyentes alcanzados en la categoría fija y para aquellos contribuyentes incluidos en la categoría general cuyos ingresos anuales durante el Ejercicio 2019 no hayan superado los 25 millones de pesos para la liquidación de la cuota correspondiente al período de julio de 2020.

El Decreto 1968/20  fija que “los comercios habilitados en los rubros bar, salones de eventos, hotelería, restaurantes, peloteros, gimnasios y turismo, y todos aquellos que acrediten fehacientemente no haber sido formalmente autorizados a funcional al 1° de julio de 2020, la exención será del 100% para la liquidación de la cuota correspondiente a los meses de agosto a diciembre de 2020”.

Asimismo estas medidas del Programa de Asistencia a Sectores Afectados por la Pandemia  dispuestas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, cuenta con asistencia tributaria de emergencia “a ser instrumentada por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) -que incluye, entre otros beneficios, bonificaciones de un 15% en el impuesto a los Ingresos Brutos para actividades afectadas por la pandemia, y del 50% para PyMes-; un programa de preservación de las fuentes de empleo a ser implementado por el Ministerio de Trabajo de la Provincia, un programa de asistencia financiera del Banco Provincia; y la creación de un fondo especial para la reactivación del turismo y la cultura, entre otras”.

El intendente declaró que “hasta que se efectivicen las medidas del gobierno provincial el Municipio, pese a la situación económica actual, va a realizar un gran esfuerzo financiero para poder sostener a la economía local”.

El decreto dispone “una exención del 100% de la tasa por Habilitación de Comercio e Industria establecida por el art. 32) de la Ordenanza impositiva 2461/99 y modificatorias (T.O.2020) por un plazo de seis meses para los contribuyentes que requieran modificaciones para reconvertir su actividad comercial y/o para habilitación de nuevos comercios” y se difiere “el inicio de las ejecuciones fiscales por deudas de tributos municipales (Siamo, Impuesto Automotor y Tasa por Servicios Generales Urbanos), generadas entre el 1 de abril de 2020 y el 30 de septiembre de 2020”.

 

 

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