Casi 200 mil pesos de multa y clausura a empresa de venta de productos agrícolas | Infoeme
Martes 19 de Marzo 2024 - 4:19hs
°
Martes 19 de Marzo 2024 - 4:19hs
Olavarría
°

Casi 200 mil pesos de multa y clausura a empresa de venta de productos agrícolas

Así lo determinó el Juzgado de Faltas, a cargo de la Dra. María Celia Alem. Se trata de una firma dedicada a la venta minorista y mayorista de productos agrícolas, semillas y agroquímicos, ubicada en avenida Pellegrini al 5400, del barrio Paulownia. La multa supera los 180 mil pesos.

El Juzgado de Faltas, a cargo de la Dra. María Celia Alem sentenció la clausura a una empresa dedicada a la venta minorista y mayorista de productos agrícolas, semillas y agroquímicos, ubicada en avenida Pellegrini al 5400 del barrio Paulownia. Además de la clausura se estableció el pago de una multa de 180.189,90 pesos.

 

Cabe destacar que la sentencia se aplicó a una empresa ubicada en el barrio Paulownia y de acuerdo al comunicado, "había construido dos silos para almacenar fertilizantes", actividad prohibida por el artículo 1 inc. a) de la Disposición Nº 319/19. Los vecinos del sector mencionado, realizaron diversas solicitudes para excluir del barrio a la zona industrial. Recordemos que dicho reclamo se presentó a través de una ordenanza que fue planteada y aprobada en una sesión especial en el Concejo Deliberante, pero recientemente se dio a conocer que el intendente Ezequiel Galli vetó la ordenanza y presentó una nueva que propone la convivencia entre ambas partes: industrial y vecinos

 

La sanción fue comunicada desde el Municipio y responde a una inspección que realizó el personal de la dirección de Acción y Control Urbano, el pasado 28 de junio. Allí se dejó constancia que la firma cuenta con habilitación,  mediante la cual se autoriza el anexo de la actividad “venta de fertilizantes” continuando con el  rubro “venta por mayor y menor  de productos agrícolas, semillas y agroquímicos”. Sin embargo se observó en el lugar  la construcción de dos silos para  almacenar fertilizantes, en clara infracción al artículo 1 inc. a) de la Disposición Nº 319/19, que  prohíbe el  uso de los silos  para almacenamiento de fertilizantes, produciendo esta falta la caducidad del Acto Administrativo.

 

 

En tal sentido desde el Juzgado de Faltas,  atento  que las faltas constatadas  revisten especial gravedad de conformidad al artículo 4 bis del Decreto Ley 8751/77, se notificó que deberá cesar de inmediato con la construcción e instalación de los silos hasta tanto sea otorgada la debida habilitación.

 

Además se fijó una audiencia para que los representantes legales de la firma se presenten a ejercer su derecho de defensa, ofrecer y producir pruebas. Tras ser debidamente ejercido el derecho de defensa, se resuelve declarar responsable, a la razón social titular del comercio, de la infracción al artículo 6 Apartado B. inciso 9) (por iniciar cualquier actividad  comercial o industrial sin autorización municipal) de la Ordenanza Municipal nº 195/84y violación  al Acto Administrativo de Habilitación Disposición N° 319/19.

 

Desde el Juzgado de Faltas indicaron que “siendo que el  incumplimiento  de  los cargos establecidos (en este caso la prohibición del  uso de los silos  para almacenamiento de fertilizantes)  producirá la caducidad  del acto administrativo  de pleno derecho  y sin necesidad de previa y/o nueva intimación".

 

Finalmente, sostuvieron que “se libró oficio desde el Juzgado de Faltas a  la Dirección de Habilitaciones,  a efectos de tener a bien declarar la caducidad del acto administrativo  de Habilitación y se ordenó la inmediata clausura del local comercial".

 

Compartirla

Notas Relacionadas

Deja tu comentario

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento. Leer más.