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Multaron a Nuevo Bus por más de 230 mil pesos

Así lo comunicó el Municipio durante este martes. La medida fue anunciada días atrás por el propio Ejecutivo cuando la empresa anunció recorte de servicios en distintas frecuencias. Los detalles. 

Según publica en su página oficial el Municipio de nuestra ciudad, las inspecciones llevadas a cabo por la Subsecretaría de Gobierno han demostrado distintas infracciones en la empresa Nuevo Bus. Las más recurrentes fueron: incumplimiento de recorrido, mal estado de los colectivos, incumplimiento de horario (retraso en la frecuencia) y choferes que viajan sin el cinturón de seguridad. También se sancionó el intento de cobrar boletos a estudiantes, la falta de atención al público, falta de higiene en micros, entre otras.

 

El monto total de las multas cobradas por el Juzgado de Faltas -desde el inicio de la gestión del Intendente Ezequiel Galli- supera los 230 mil pesos.

 

Desde la dependencia se informa que a partir del año 2016 han ingresado la cantidad de 67 actas por constatación de presuntas infracciones (contra la empresa Nuevo Bus), las cuales dieron inicio al trámite de causas contravencionales, en todas las cuales se ha dictado sentencia condenándose a la empresa.

 

A su vez destacan: “Otro dato saliente es que durante los años 2014 y 2015 no se registran causas en trámite por el Juzgado de Faltas”.

 

“Las multas aplicadas, que superan los $230.000, han oscilado desde una amonestación en casos en el que se ha constatado falta de higiene en la unidad, multas por la suma de $3.616,97 en cada causa en la que se ha constatado incumplimiento del recorrido y la suma de $16.324,62 para cada uno de los casos en que se ha constatado el cobro del boleto cuando el alumno porta y exhibe la credencial otorgada por el Municipio (la TEO que se entregaba el año pasado)” detallan.

 

Se recuerda que la continuidad del servicio se encuentra regulada mediante Artículo 31 de la Ordenanza 105/75: “los servicios de transporte colectivo deberán prestarse en forma regular y continua con arreglo a las condiciones que la reglamentación establezca para las distintas categorías, de acuerdo a los horarios aprobados para cada empresa. No deberán paralizarse por conflictos laborales, debiendo éstos someterse a la autoridad competente y continuarse normalmente los servicios durante las tratativas”. Asimismo, el Artículo 38 establece que en ningún momento podrá encontrarse fuera del servicio más del 20% del parque habilitado.

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