Descuentos a no afiliados: El STMO los justificó por “usufructo de convenio”

Así explicó a Infoeme , Guillermo Diorio, vocero del sindicato de Trabajadores Municipales.  Señaló que se empezó a implementar el último mes desde la puesta en vigencia del Convenio Colectivo y  argumentó que es común en otros gremios: “Es natural porque cuando el Sindicato negocia beneficios no los goza solo el afiliado sino todos los trabajadores” dijo. Además cuestionó los argumentos esgrimidos por la Asociación de Médicos Profesionales: “El único gremio habilitado para negociación colectiva es el Sindicato de Trabajadores Municipales” sostuvo. 

Martes, 04 de abril de 2017 a las 11:17

Por Redacción

Tras los reclamos planteados públicamente por la Asociación de Asociación de Profesionales Médicos de Olavarría a raíz de descuentos en los haberes del 1,5% en concepto de “Cuota Solidaria”, desde el Sindicato de Trabajadores Municipales brindaron explicaciones sobre la medida.

 

Guillermo Diorio, vocero del STMO, explicó que el descuento se realiza por  “usufructo de convenio” para todos los trabajadores municipales que no están agremiados.

 

En este sentido, explicó que la resolución se produce en el marco “de la firma del convenio colectivo de trabajo. Entre el  Sindicato de Trabajadores Municipales con el Ejecutivo Municipal”.

 

“Los trabajadores municipales no tenían marco legal para encarar una negociación  colectiva  particular en los Municipios. Rige en la provincia la Ley 14656 sancionada desde el 2014 que tuvo postergación en su implementación. Es emblemática porque reconoce al empleado municipal como trabajador y habilita los convenios colectivos” agregó.

 

En este sentido, puntualizó: “Una facultad que tienen las asociaciones que firmen convenio colectivo a partir de la Ley 14.250 es que se les  reconoce la posibilidad de tener una percepción a los no afiliados que tengan usufructo de convenio. Y es natural porque cuando el Sindicato negocia beneficios no los goza solo el afiliado sino todos los trabajadores” argumentó.  

 

“Allí se establece la posibilidad que aporten un dinero porcentual en concepto de usufructo de convenio.  Ese es el sustento legal que tiene este aporte solidario como lo tienen muchos gremios y varios con porcentajes superiores al que acordó el Sindicato de Municipales con el Gobierno Municipal de Olavarría” informó Diorio.

 

Sobre las fechas de implementación aclaró: “El convenio tiene vigencia desde el 1 de enero. Y surge ahora porque el Gobierno no hizo el descuento correspondiente y se postergó.  A la posibilidad que se cobrara retroactivamente el Sindicato dijo no para que no se provoque ese impacto. Y se acordó un descuento de recuperación pero para que no impacte” dijo.

 

Por otro lado, se refirió a la situación de la Asociación de de Médicos Profesionales, quienes habían indicado su adhesión al gremio de médicos CICOP: “es una cuestión que va por los andariveles legales. La Asociación de Profesionales del Hospital con su comisión transitoria adhirió a la CICOP que es un gremio de médicos provinciales.  La Asociación de Profesionales como organización gremial no está reconocida dentro del marco de negociación colectiva porque no tiene personería gremial. El único gremio habilitado para negociación colectiva es el Sindicato de Trabajadores Municipales” advirtió.

 

Además cuestionó los dichos de Alejandra Capriata sobre la necesidad de una notificación del descuento: “Las disposiciones que son legales y que se impone naturalmente no son plausibles de ser informarse personalmente. No es una objeción a la altura, es una información que está en el Convenio” sostuvo.

 

Y consideró “sorpresivo el dato que aportó Capriata sobre descuentos de entre 1500 y 2000 mil pesos. Si se descuenta el 1,5% son profesionales que están ganando arriba de cien mil pesos. Los trabajadores tienen un descuento muchísimo menor” manifestó.

 

Por último, Guillermo Diorio señaló que no es necesario el aval formal del Concejo Deliberante al Convenio Colectivo: “Eso está discutido y resuelto. En algunos lugares ha ido por el Concejo Deliberante pero la Ley 14656 habla del acuerdo de Convenio Colectivo pero no tiene facultades el Concejo Deliberante para incidir en ese trámite. En algunas ciudades, un poco por la novedad, han empezado por el HCD pero a nivel de Federación se marca que el trámite por el HCD no hace a la vigencia del Convenio Colectivo. Hay un término para informar al ministerio de Trabajo y eso ya se ha cumplido en Olavarría” finalizó.