La Corte confirmó la condena al Estado por la masacre de Carmen de Patagones | Infoeme
Viernes 26 de Junio 2026 - 18:29hs
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Olavarría

La Corte confirmó la condena al Estado por la masacre de Carmen de Patagones

El máximo tribunal declaró inadmisibles los recursos presentados por el Estado nacional y la provincia de Buenos Aires en la demanda iniciada por la madre de una de las víctimas del ataque ocurrido en 2004 en una escuela, cuando un alumno mató a tres compañeros e hirió a otros cinco. 

 

La Corte Suprema, con la firma de sus tres jueces, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, dejó firme la obligación del Estado nacional y de la provincia de Buenos Aires de indemnizar a las víctimas de la masacre de Carmen de Patagones, ocurrida el 28 de septiembre de 2004, cuando Rafael Solich, entonces de 15 años, mató a tres compañeros e hirió a cinco en el colegio Islas Malvinas.

 

La decisión cerró los recursos que habían presentado el Estado nacional, en nombre del Ministerio de Seguridad por Prefectura Naval, y la Fiscalía de Estado bonaerense, en representación de la Dirección General de Cultura y Educación provincial. Los planteos fueron rechazados por inadmisibles bajo el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

 

El fallo se dictó en la demanda por daños y perjuicios iniciada por la madre de Sandra Núñez, una de las tres víctimas fatales. El máximo tribunal ya había resuelto en el mismo sentido el año pasado en la causa promovida por la familia de Federico Ponce, otro de los estudiantes asesinados.

 

La tercera familia, la de Evangelina Miranda, también demandó al Estado. Ese expediente recibió sentencia de primera instancia en octubre de 2024.

 

La responsabilidad de la escuela

 

Los familiares reclamaron judicialmente contra la escuela y contra la Prefectura Naval. Esto último porque el tirador era hijo de un prefecto y utilizó un arma de esa fuerza para cometer el ataque.

 

Según lo resuelto por la justicia federal de Bahía Blanca, en primera y segunda instancia, el artículo 1117 del Código Civil entonces vigente establecía la responsabilidad de los propietarios de establecimientos educativos privados o estatales por los daños causados o sufridos por alumnos menores mientras estuvieran bajo control de la autoridad educativa, salvo prueba de caso fortuito.

 

Sobre esa base, los tribunales concluyeron que no se había demostrado una respuesta diligente de las autoridades frente a los problemas de conducta que mostraba Solich. En el sumario administrativo a los docentes surgió que distintos integrantes del establecimiento habían advertido que la conducta de “Juniors” era alarmante y que los alumnos podían estar en peligro, pero no se adoptaron medidas.

 

La causa también atribuyó responsabilidad a la Prefectura porque la institución era dueña del arma con la que se ejecutó el ataque. El padre de Solich, según esa conclusión judicial, incumplió el deber de custodiarla de manera adecuada.

 

Cómo fue la masacre 

 

Los estudiantes cursaban primero B del Polimodal en la Escuela de Enseñanza Media Nro. 202 de Carmen de Patagones. La mañana del 28 de septiembre de 2004, después del izamiento de la bandera, Solich entró al aula, se paró frente a sus compañeros, sacó el arma y disparó de manera indiscriminada.

 

El ataque dejó tres muertos y cinco heridos. “Cuando tiré, no era yo”, declaró ante la jueza de menores que llevó adelante la causa, en la que fue declarado inimputable.

 

Rafael Juniors Solich, actualmente de 37 años, lleva dos décadas bajo tutela judicial y cumple un tratamiento ambulatorio a través de una institución neuropsiquiátrica.

 

Aquella mañana trágica, el reloj marcaba las 7.35 horas cuando a causa de los disparos murieron Sandra Núñez, Evangelina Miranda y Federico Ponce. Mientras que Nicolás Leonardi, Natalia Salomón, Cintia Casasola, Pablo Saldías y Rodrigo Torres sufrieron heridas graves.

 

El Estado nacional y el provincial habían pedido a la Corte que revisara la condenas en su contra por considerarlas arbitrarias. La Prefectura sostuvo que, con ese criterio, debería requisar a diario el domicilio de 35 mil efectivos para controlar cómo guardan sus armas, mientras que la Fiscalía bonaerense afirmó que lo ocurrido había sido imprevisible e inevitable.

 

Sin embargo, la decisión de la Corte adoptada este jueves confirmó que deben ser indemnizados los familiares de las víctimas fatales.

 

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