A partir de este lunes y en el marco de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19 comenzó a regir en todo el Partido de Olavarría el Decreto N° 1060/20 que busca un nuevo ordenamiento de abastecimiento en base a la terminación del DNI de los vecinos y vecinas.
¿Qué pasa si se incumple la normativa?
Desde el Municipio dispusieron que “todas las personas que no cumplan con esta nueva disposición será sancionados con una multa de cuatro a seis mil pesos, duplicándose en caso de reincidencia”.
Además, los comercios o prestadores de servicio que incumplan la norma “recibirán una multa de diez mil a doce mil pesos, duplicándose en caso de reincidencia y se procederá a la clausura del local si se reiteran los incumplimientos”.
En ese sentido, el Secretario de Gobierno del Municipio de Olavarría Hilario Galli, en diálogo con Infoeme señaló que “acá no se busca multar a nadie, sino apelar a la conciencia y a la responsabilidad social del ciudadano”. Además aseguró que “no queremos conflicto entre el comerciante y el cliente”.
