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La UCR salió al cruce y pidió información por el Estacionamiento

Solicitaron al Ejecutivo “el pliego de la licitación correspondiente y el Decreto reglamentario” y consideraron pertinente “brindar una solución a los trabajadores y comerciantes que deben desarrollar sus labores en la zona”. Además cuestionaron los requisitos que deben presentar los frentistas para poder acceder al beneficio de exención de pago.

Integrantes del Comité de la Unión Cívica Radical (UCR) emitieron un crítico documento sobre la implementación del nuevo sistema de Estacionamiento Medido bajo las actuales condiciones y solicitaron información al Ejecutivo local con un único interés hacer un bien a la comunidad y defender los intereses de los vecinos” dijeron.

 

 

Mencionaron que en virtud de “los múltiples reclamos que hemos recibido por parte de vecinos” pidieron al Departamento Ejecutivo Municipal “el pliego de la licitación correspondiente y el Decreto reglamentario” dado que el último viernes intentamos conseguir dicha documentación, pero luego de recorrer diferentes dependencias no logramos obtenerla” explicaron.

 

Luego enumeraron una serie de preocupaciones como brindar una solución a los trabajadores y comerciantes que deben desarrollar sus labores en la zona que hoy comprende el cobro del servicio, principalmente en el incremento del valor de la hora, cuando se conoce que en la mayoría de los casos la jornada laboral tiene una extensión mínima de 8 horas”.

 

En esta línea, calificaron como importante “revisar son los requisitos que deben presentar los frentistas para poder acceder al beneficio de exención de pago. En primer lugar, consideramos que no corresponde exigir la presentación del comprobante de libre deuda municipal para acceder a este derecho”.

 

También recordaron que se exige la presentación de la escritura del domicilio donde reside el titular del vehículo. En el artículo 21 de la Ordenanza Nro. 4266/18 marca la necesidad de que el propietario pueda comprobar su domicilio de residencia pero no establece que sólo pueda hacerse a través de la escritura (lo cual, posiblemente, esté entre los requisitos incluidos en el Decreto que no logramos obtener), creemos que se puede demostrar a través de otros medios, ejemplo impuesto municipal, sin necesidad de hacer entrega de una documentación tan importante” dijeron.

 

 Por último, mencionaron que en el artículo 26 de la misma Ordenanza “se detalla que se establece un período mínimo inicial de 45 días de pago voluntario durante el cual no se cobrarán multas a quienes no paguen, (que incluso podría prorrogarse por hasta el doble de tiempo), para que durante ese tiempo los controladores se aboquen a explicar e instruir en el funcionamiento del nuevo sistema” pero que “no queda claro cuál sería la fecha que se toma como inicio de ese período de tiempo, como tampoco si se establecerá el período mínimo o si se prolongará. Además, preocupa que a través de medios de comunicación se informe que esto será sólo durante febrero y que en caso de que se junten 3 infracciones se cobrará multa, acción que contradice lo estipulado en este artículo” observaron.

 

 

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