Oficializaron el protocolo de Interrupción Legal del Embarazo

Así lo confirmaron a través del Boletín Oficial de este viernes. La resolución resalta que “la política sanitaria debe garantizar el acceso de la población a las mejores prácticas clínicas y de salud pública para promover, prevenir, atender y rehabilitar la salud, así como para velar por la garantía de derechos consagrados en el marco normativo”.

Viernes, 13 de diciembre de 2019 a las 11:59

Por Redacción

Tras el anuncio del pasado jueves, se oficializó a través del Boletín Oficial la implementación del protocolo de Interrupción Legal del Embarazo.

 

En la Resolución 1/2019 define al protocolo como “una guía” para los equipos de salud, para el cumplimiento de las interrupciones legales del embarazo.

 

El texto de la Resolución comienza resaltando que “la política sanitaria debe garantizar el acceso de la población a las mejores prácticas clínicas y de salud pública para promover, prevenir, atender y rehabilitar la salud, así como para velar por la garantía de derechos consagrados en el marco normativo”.

 

También expresa que el acceso a la interrupción legal del embarazo en las causales previstas en el Código Penal de la Nación en 1921 queda comprendido/garantizado en el marco jurídico argentino por la Constitución Nacional y los Tratados de Derechos Humanos que se incorporan en su reforma de 1994, así como en las recomendaciones que sus Comités de Seguimiento que se han ido emitiendo”.

 

 

La resolución emitida por el Ministro de Salud, Ginés González García, hace hincapié en que el protocolo “está orientado por los objetivos que una política sanitaria en este campo debe seguir: garantizar los derechos sexuales y los derechos reproductivos de las personas y los derechos de pacientes; basarse en evidencia científica actualizada; proteger y acompañar a los equipos de salud como responsables de atender la salud de la población; y orientarse por el principio de equidad para llevar las mejores prácticas a quienes más las necesitan.

 

Por último señala que este protocolo deberá ser actualizado cuando los estándares clínicos y el avance del progreso científico introduzcan nuevas evidencias y agrega que “la Organización Mundial de la Salud, máximo organismo rector de política sanitaria a nivel global, actualiza periódicamente la guía de atención del aborto, estableciendo los mejores estándares clínicos y recomendaciones para su atención, por lo que también deben ser consideradas sus pautas a los fines previamente enunciados”.