Nuevo Código Penal: el cultivo de cannabis no está penado para uso personal | Infoeme
Jueves 28 de Marzo 2024 - 11:06hs
22°
Jueves 28 de Marzo 2024 - 11:06hs
Olavarría
22°

Nuevo Código Penal: el cultivo de cannabis no está penado para uso personal

En el nuevo Código Penal, la tenencia de drogas y el cultivo, no están penados para uso personal. Gastón Barreto, investigador e integrante de Cannabis Medicinal Argentina opinó sobre la norma.

Una de las consignas por el cese de los allanamientos y detenciones a autocultivadores de todo el país
Marcha que se realizó en nuestra ciudad organizada por Cannabis Activa Olavarría

El 21 de agosto, el presidente Mauricio Macri se reunirá con el titular de la comisión de reforma y actualización del Código Penal, Mariano Borinsky, quien le entregará el texto definitivo del nuevo código.

 

El título 15 del nuevo Código Penal habla sobre “delitos de narcotráfico y relacionados con estupefacientes” y aclara que será no punible en "escasa cantidad" y "en el ámbito privado".

 

Gastón Barreto, investigador de la Facultad de Ingeniería de la UNICEN e integrante de CAMEDA (Cannabis Medicinal Argentina) habló con Infome y opinó sobre la nueva reglamentación.

 

“Este nuevo código me parece muy interesante si va enganchado y articulando con la Ley 27.350. Eso sería genial”, indicó Barreto.

 

Recordemos que esta Ley regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados.

 

Desde organizaciones como “Mamá Cultiva” insisten en que se ha realizado una mala interpretación del artículo 8, por lo que en lugar de un registro voluntario para autocultivar, crearon el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis para dar el aceite pero sólo a quienes padecen epilepsia refractaria.

 

Los amparos tuvieron que ver con la falta de regulación de la Ley. “Se viene muy lento con la reglamentación. Lentísimo. La gente ha tenido que salir a buscar estas alternativas desde el plano judicial. No les ha quedado otra”, agregó el investigador local.

 

Barreto explica que “se han asentado dos fallos como antecedentes en lo que es cultivo: uno en Salta y otro en Río Negro”.

 

En el nuevo código, que pasará primero por el Senado, el cultivo personal seguirá el mismo criterio que la tenencia personal: si se da en "escasa cantidad y en el ámbito privado" no será punible. 

 

Para Gastón Barreto, esto significa un avance. “Creo que es un puntito más para evitar que se siga alimentando un mercado negro paralelo que se gestó desde que tenemos Ley. Una cosa loca pero que sucedió”.

 

Por otra parte, la detención de autocultivadores sigue. La diferencia, según Barreto es que ahora son rápidamente liberados. “Se conoce la legitimidad del cultivo y que está muy lejos de tener algún tinte narco. Sale del sistema rápido, pero sigue habiendo. También sigue habiendo allanamientos para fotos”, concluye.

 

 

Compartirla

Notas Relacionadas

Deja tu comentario

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento. Leer más.