Suspenden la libertad progresiva de menores acusados de delitos

Por Redacción

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La Corte Suprema de Justicia revocó una sentencia que obligaba que los chicos presos o internados en institutos de menores fueran dejados en libertad. Sin embargo, no se pronunció sobre la validez constitucional de las normas sobre el régimen penal de menores.

El alto tribunal declaró admisible el recurso de queja planteado por el Fiscal general de la Cámara de Casación Penal en la causa “García Méndez, Emilio y Musa, Laura” y dispuso la suspensión de la ejecución de la sentencia de la Sala III que había ordenado la liberación.

No obstante, este fallo no implica una definición sobre el asunto, que será evaluado más adelante por el propio organismo.

Esa sentencia había resuelto, entre otros puntos, la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1º de la ley 22.278 del Régimen Penal de Menores y encomendaba a los jueces de minoridad que, dentro de un plazo no mayor a 90 días, se ordenara la libertad progresiva de los menores de 16 años.

El mismo fallo exhortaba además al Poder Legislativo para que dentro de un plazo no mayor a un año, adecuara la legislación penal en materia de menores a los nuevos estándares constitucionales y estableciera un sistema integral y coordinado con la ley 26.061 (ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes).

Los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, por unanimidad, resolvieron que el recurso extraordinario interpuesto por la fiscalía promueve cuestiones de índole federal y de gravedad institucional, según la doctrina del Tribunal, por lo que correspondía habilitar esta instancia y suspender la ejecución del fallo impugnado, sin que esto implicara un pronunciamiento sobre el fondo del asunto.

Días atrás, la Sala III del Tribunal, con la firma de los jueces Ángela Ledesma, Guillermo Tragant y Eduardo Riggi, resolvió rechazar una apelación interpuesta por el fiscal Raúl Plée, quien cuestionaba la medida dictada en diciembre pasado.

De acuerdo con lo señalado por el fiscal Plée, la decisión sobre los menores detenidos deben ser tomadas ya sea por el Poder Ejecutivo o Legislativo, y no por la Justicia.