La medida quedó plasmada en la Resolución 9/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y fue aplicada de manera unilateral debido a que el Consejo del Salario no logró consensuar un monto entre los representantes sindicales y empresariales.
La disposición con la firma de la presidente alterna del Consejo, Claudia Silvana Testa, también modifica el cálculo de la prestación por desempleo, que pasará a depender de los valores vigentes del salario mínimo.
Según ese texto oficial, el esquema propone los nuevos valores del salario mínimo, que desde agosto de este año estaba en $322.200 mensuales, para el período comprendido entre noviembre de 2025 y agosto del año próximo.
El SMVM registra un nivel que marca una pérdida del poder de compra real del 31,5% desde diciembre de 2023, cuando Javier Milei llegó al poder. Los empresarios en la reunión ofrecieron un ajuste de $4.800, lejísimo de lo que reclamaron los gremios: llevarlo a entre $553.000 y $736.000 para abril de 2026- .
Así quedan los montos del salario mínimo para los próximos meses:
- Desde el 1° de noviembre de 2025: $ 328.400 para los trabajadores que cumplen la jornada legal completa y en $ 1.642 por hora para los trabajadores jornalizados
- Desde el 1° de diciembre de 2025: $ 334.800 y $ 1.674, respectivamente.
- Desde el 1° enero de 2026: $ 341.000 y $ 1.705, respectivamente.
- Desde el 1° de febrero de 2026: $ 346.800 y $ 1.734, respectivamente.
- Desde el 1° de marzo de 2026: $352.400 y $1.762, respectivamente.
- Desde el 1° de abril de 2026: $357.800 y $1.789, respectivamente.
- Desde el 1° de mayo de 2026: $363.000 y $ 1.815, respectivamente.
- Desde el 1° de junio de 2026: $ 367.800 y $ 1.839, respectivamente.
- Desde el 1° de julio de 2026: $ 372.400 y $ 1.862, respectivamente.
- Desde el 1° de agosto de 2026: $ 376.600 y $ 1.883, respectivamente.