La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Productos Médicos (ANMAT) declaró como “producto ilegal” una barra energizante de granola proteica y un aceite de coco, en consecuencia se prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de este comestible por carecer de registro de establecimiento y de producto.
A través de la Disposicion6987/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial determinó: “Prohíbase la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: ‘Olympic, Barra energizante XL, 100% natural, sabor Crema de Maní, RNPA E/T’ y ‘Olympic, Granola proteica con Stevia fortificado con proteínas sin azúcar, RNPA E/T’, por carecer de registros de establecimiento y de producto”.
Desde la ANMAT informaron, en los fundamentos, que a partir del monitoreo de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) se determinó que estos productos “no cumplirían con la normativa alimentaria vigente”.
“La ASSAL emitió el Alerta Alimentaria N° 08/2021, categorizada como Clase I, dirigida a todas las autoridades sanitarias jurisdiccionales del país y a la población en general, y prohíbe la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio de la República Argentina y en su caso, el decomiso, desnaturalización y destino final, del citado producto”, indicaron.
En esta línea, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país del ‘Aceite de coco, marca Sitaram´s, Coconut Oil Virgen Organic, Prensado en frío, Sitaram Indian Products’, por también “carecer de registro de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
El Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) detalló que recibió un reclamo de un consumidor con relación a la comercialización de este producto, que no cumplirían con la normativa alimentaria vigente.
“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido”, explicaron.
Fuentes: Diarios Bonaerenses.