Este viernes, a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización de una harina de maíz para cocción rápida.
Se trata del producto rotulado como ‘Harina de maíz para cocción rápida’, marca: La Despensa RNPA Nº 02-559421, Alimentaria San Carlos SA, Gral. Paz e/San Carlos y Calle 4, Carlos Keen RNE Nº 02-030901″.
El organismo explicó que “el municipio de Malvinas Argentinas, provincia de Buenos Aires, durante la revisión de alimentos entregados por el Programa/Plan a comedores escolares, detectó la presencia de elementos extraños en el interior del producto”.
“El producto está en infracción al encontrarse la presencia de elementos extraños a los declarados en el rótulo, resultando ser en consecuencia ilegal”.
De esta manera, “a fin de proteger la salud de la población toda vez que se trata de productos alimenticios ilegales, donde no se puede garantizar la trazabilidad e inocuidad, condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente" es que el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria recomendó "prohibir la comercialización en todo el territorio nacional".