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Prohibieron el ingreso de nuevos detenidos a la Unidad 2 y el SPB apeló

En los últimos días se desató una polémica que puso en el centro de la escena, otra vez, a la Unidad Penal N° 2 de Sierra Chica. La jueza Adriana Raquel Bianco prohibió, en principio por 90 días, el ingreso de detenidos a la Unidad N° 2 de Sierra Chica debido a la condiciones de habitabilidad de la sede carcelaria. Desde el Servicio Penitenciario, tal cual fue confiado a Infoeme, se apeló la medida, por lo que todo tendrá un nuevo capítulo.

“La prohibición, a partir del día de la fecha, del ingreso de nuevas personas privadas de la libertad, por el plazo de 90 (noventa) días, a fin de que se reduzca paulatinamente la población carcelaria alojada en esa dependencia, bajo apercibimiento de aplicación de sanciones pecuniarias compulsivas y progresivas”. Así puede leerse en la parte resolutiva del fallo emitido en los últimos días por la jueza Adriana Raquel Bianco, del Juzgado de Ejecución Penal N° 2 del Departamento Judicial de Azul, con sede en General Alvear. Todo se da en el marco de un planteo de “hábeas corpus” colectivo sobre la situación de detención en la Unidad Penal N° 2 de Sierra Chica.

 

 

Infoeme tuvo acceso a resolución y pudo tomar contacto del minucioso detalle que se realiza acerca de la situación que se registra en la cárcel de máxima seguridad. Tal es así que se expone, entre otras cosas, que actualmente el número de detenidos supera los 2 mil internos, dato no menor, ya que se cita como jurisprudencia una resolución del 2010 en la que se había establecido como cupo de población carcelaria 1400 personas.

 

Ese antecedente no es más que el inicio de un derrotero y contrapunte legal que incluyó numerosas apelaciones, que fueron descartadas una a una durante bastante más de un lustro. “La sobrepoblación constituye un agravamiento de las condiciones de detención de aquellos internos alojados en la Unidad N° 2 de Sierra Chica, y repercute en todas las etapas de tratamiento que se deben brindar a las mismos”, puede leerse en la parte de los fundamentos.

 

En la resolución también se da cuenta de faltante de colchones y “rubros alimenticios”

 

Infoeme dialogó con el doctor Lucas Moyano, fiscal titular de la ayudantía en Delitos Carcelarios, quien expresó que va a “acompañar esa circunstancia” cuando se lo consultó acerca de la situación del cupo. “Que haya un cupo me parece adecuado”, añadió a medida que daba cuenta cómo la sobrepoblación puede traducirse en “falta de alimentación, de salud, peleas”, por sólo mencionar algunas circunstancias.

 

“Las cárceles tienen que cumplir con el mandato constitucional, ser sanas y limpias para sociabilizar al interno. Eso por un lado, pero también por el otro hay que ver si las condiciones de trabajo para el servicio penitenciario son las adecuadas. Si tenés más gente que la que corresponde complica todo, complica el sistema de salud, complica el sistema de seguridad”, concluyó.

 

 

Vale destacar que la resolución no sólo impone la prohibición de ingreso de nuevos detenidos por 90 días, sino que además requiere “proveer de los de los colchones y rubros alimenticios faltantes con la urgencia que el caso amerita” y “poner en conocimiento del Ministerio Publico Fiscal, a fin de investigar la posible comisión de delito de acción pública, remitiendo copia de las presentes al Sr. Fiscal General Departamental”. Inclusive, pide que se tomen copias de lo resuelto y se las remitan también a la Secretaría de Derechos Humanos de las personas privadas de la libertad de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

 

Por último, Infoeme dialogó con fuentes vinculadas de manera directa con el Servicio Penitenciario Bonaerense, desde donde se detalló que se apelará la medida.

 

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