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Se aprobó la Ley que modifica el régimen de donación de órganos

La nueva norma establece que todos los ciudadanos mayores de edad serán donantes a menos que manifiesten que no quieren serlo.  El proyecto está inspirado en Justina Lo Cane la nena de 12 años que murió mientras aguardaba un trasplante de corazón en la Fundación Favaloro.

Este miércoles por la tarde, la Cámara de Diputados dio sanción definitiva al proyecto de “Ley Justina”, que dispone que todas las personas mayores de 18 años sean donantes de órganos o tejidos, salvo que en vida dejen constancia expresa de lo contrario.

El proyecto está inspirado en el caso de Justina Lo Cane, una menor de 12 años que murió en noviembre pasado en la Fundación Favaloro mientras aguardaba un trasplante de corazón. 

La Ley de Trasplante de Órganos, que se trabajó en conjunto con INCUCAI, recibió 202 votos afirmativos en Diputados y también se votó unánimemente en el Senado.

Con la implementación de la norma, uno de los cambios es que los familiares de alguien fallecido no serán los encargados de autorizar la donación.  Y así lo establece el proyecto "Podrá realizarse la ablación de órganos y/o tejidos a toda persona capaz mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de oposición a que después de su muerte se realice la extracción de los mismos".

También impondrá la obligación a los profesionales médicos de notificar al INCUCAI los tratamientos de diálisis que le realicen a un paciente, o cuando le indiquen la realización de un trasplante. Otro de los puntos, establece que para asegurar la calidad de todo lo relativo a donación y trasplante, se deberá destinar como mínimo un 20% de los recursos del Fondo Solidario de Trasplantes a capacitación.

 

La ley, impulsada por el senador de Cambiemos Juan Carlos Marino, marca los derechos de los donantes y receptores a la intimidad, la integridad, la confidencialidad, la información y el trato igualitario. También establece la prioridad de traslado en forma aérea o terrestre de los pacientes que están en el medio de un operativo de donación.

 

Por otra parte, en el caso de los menores se posibilita la obtención de la autorización para la ablación por los dos padres o por aquel que se encuentre presente en el momento. Además, se van a simplificar los procesos que requieren la intervención de la Justicia.

 

En lo que respecta a los certificados de fallecimiento, se simplificarán los procesos para diagnosticar la muerte de la persona. Los médicos deberán seguir el protocolo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación que cuenta con el asesoramiento del INCUCAI. Se establecerá como hora del fallecimiento el instante en que se completó el diagnóstico de la muerte.

 

La ley propone que tanto los hospitales públicos y como privados deben contar con servicios destinados a la donación de órganos y al tratamiento del paciente. Se creará el Servicio de Procuración que deberá contar con al menos un médico que detecte potenciales donantes, asesore a las familias y garantice el proceso de donación. A su vez, se establece la capacitación para los profesionales que formen parte del proceso de donación y trasplante.

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