¿Alguna vez te trataron mal en algún negocio? ¡Seguro que sí! A cualquiera le pasó.
Tener que esperar mucho tiempo en la puerta de un boliche para que se vea mucha gente o ser rechazado por la vestimenta. Que te dejen colgado en el teléfono cuando vas a hacer un reclamo. O que al salir del supermercado suenen todas las alarmas, que tengas que aguantar que te revisen y quedar como un chorro en frente de todos. Esos son sólo algunos ejemplos.
Todo esto está prohibido por la ley y hasta por la mismísima Constitución Nacional. Obviamente los negocios y supermercados no se dan por aludidos. Ellos no pueden poner al consumidor en situaciones que vayan en contra de su dignidad personal. Eso es -por lo menos- lo que dice que prescribe el artículo 8 bis de la ley 24.240 de Defensa al Consumidor.
Los proveedores -dice la ley- deberán garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situación vergonzante, vejatoria o intimidatoria. ¿Quedó claro?
Te voy a contar algunos casos que pasaron por Tribunales para que te avives cuándo podés reclamar y cuándo no. Prestá atención:
- Héctor Cuello fue maltratado por una empleada de la sucursal de una de las empresas de telefonía móvil cuando pidió que le den el alta a una línea de teléfono. Lo hicieron esperar alrededor de una hora. Y según un testigo la empleada lo trataba de una manera muy cortante y prepotente, a pesar de que Cuello trataba de explicarle con paciencia lo que necesitaba. Finalmente la empleada le dijo que no le podía completar el trámite porque no tenía la fotocopia del documento del titular del aparato. En el juicio se comprobó que ese requisito no era imprescindible y se condenó a la empresa a pagar una indemnización por violar el trato digno que las empresas tiene que brindar a los usuarios. “Cuello, Fernando c/ Telecom Personal S.A.” CNCivil y Comercial de Córdoba.
- Una directora de escuela jubilada de 72 años fue interceptada por los guardias de seguridad de un supermercado en la localidad de Rivadavia, Mendoza. La acusaron de ladrona porque no había tickado 1 kilo 66 gramos de carne. Ella se ofreció a pagar y les contó que había sido un error. Pero no escucharon, llamaron a la policía y la señora fue llevada a la comisaría. Luego se sintió mal, y hasta tuvo un problema cardíaco. Su hija llevó a juicio al supermercado, y en Tribunales detectaron que la caja registradora habría estado funcionando mal. Los herederos de la señora (que murió durante la tramitación del jucio) recibieron una indemnización por el mal trato. (“Lopez, Reorindes c/ Disco SA y otros s/ Daños y Perjuicios”)
- Una jubilado que estaba de vacaciones con su mujer y sus nietas tuvo que interrumpir sus vacaciones porque en un supermercado de Mar del Plata la cajera le retuvo la tarjeta de crédito y su supervisor la destruyó en el momento porque figuraba como robada. La tarjeta estaba en el boletín de inhabilitados por una causa que no le era imputable al usuario y que ni siquiera, le habían avisado (le habían robado la tarjeta de recambio al cartero). Sin dinero, la familia tuvo que volver quince días antes. Iniciaron un juicio y ganaron una importante indemnización como resarcimiento. “Jaraguionis, Nefi C/ Banco de Boston s/ Ordinario.”
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¡Hasta la próxima!
