Se creó la Defensoría del Pueblo de la Provincia para supervisar al Estado y empresas concesionarias | Infoeme
Lunes 29 de Abril 2024 - 21:00hs
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Olavarría
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Se creó la Defensoría del Pueblo de la Provincia para supervisar al Estado y empresas concesionarias

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La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires convirtió en ley esta noche la creación de la Defensoría del Pueblo, órgano previsto en la Constitución de 1994 que tiene por finalidad la defensa de los derechos individuales y colectivos de los habitantes, según informó la diputada Alicia Tabarés de González Hueso.

El organismo actuará “frente a los hechos u omisiones de la administración pública, fuerzas de seguridad, entes descentralizados o empresas del Estado que impliquen el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario o negligente de sus funciones” y supervisará “la eficacia de los servicios públicos que tenga a su cargo la Provincia o sus empresas concesionarias”.

El proyecto elevado a la Legislatura por el Gobernador fue modificado por Diputados y luego ese texto sufrió otros cambios en el Senado, hasta que finalmente la Cámara baja lo sancionó con las reformas de los senadores.

La Defensoría podrá recibir denuncias de cualquier “persona física o jurídica que se considere afectada por los hechos, actos u omisiones previstos en el artículo 55 de la Constitución Provincial” y, en casos debidamente justificados podrá también recibir denuncias con reserva de identidad.

El Defensor del Pueblo estará habilitado a solicitar vista de expedientes, informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil y conducente a los efectos de la investigación que está llevando adelante, aún aquellos clasificados como reservados o secretos, sin violar el carácter de estos últimos y también solicitar la presencia personal de los presuntos responsables, testigos, denunciantes y de cualquier particular o funcionario que pueda proporcionar información sobre los hechos o asuntos que se investigan.

Para garantizar la acción de la Defensoría, la ley establece que “todos los organismos públicos y personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, estarán obligados a prestar colaboración, con carácter preferente” y podrá ser acusado por el delito de desobediencia “todo aquel que impida que se haga efectiva cualquier denuncia (...) u obstaculizare las investigaciones a su cargo, mediante la negativa o renuencia al envío de los informes requeridos, o impidiere el acceso a expedientes o documentación necesaria para el curso de la investigación”.

La ley asegura también la autarquía financiera y la “plena autonomía funcional y política” y aclara que el Defensor “no está sujeto a mandato imperativo alguno, ni recibirá instrucciones de ninguna autoridad”.

También para confirmar la independencia del funcionario –que tendrá un mandato de cinco años-- se crea un mecanismo de elaboración de una lista de candidatos a cargo de una comisión bicameral que será publicada para que cualquier ciudadano pueda formular observaciones y luego se designará al Defensor con un mínimo de dos tercios de los miembros de la Comisión.

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