Fue promulgada la Ordenanza contra la pirotecnia

Por Redacción

Finalmente este miércoles el intendente Ezequiel Galli promulgó la ordenanza que prohíbe el uso de pirotecnia en eventos municipales y la de medio y alto impacto auditivo a nivel general.

En un adelanto de prensa, se indicó que la norma quedó promulgada a través del Decreto Nº 3511 tras su aprobación por unanimidad en el Concejo Deliberante.

La iniciativa inicial había sido propuesta por un grupo de vecinos que buscaba declarar a "Olavarría libre de Pirotecnia". La Ordenanza finalmente prohíbe la pirotecnia sonora que supere los 80 decibeles.


A través de dicha normativa, en primer término se establece la eliminación del uso de elementos y/o dispositivos pirotécnicos en festividades, celebraciones, conmemoraciones o eventos públicos organizados por el Municipio.

Respecto a la comercialización, se prohíbe la tenencia, uso, depósito, comercialización y/o venta al público mayorista o minorista de productos de pirotecnia cuya sonoridad supere lo establecido en la Ordenanza Nº 3978/16 (contaminación acústica).

Concretamente se encuentra prohibido:

  • Vender elementos pirotécnicos que no estén debidamente registrados.

  • La venta de elementos pirotécnicos en espacios sin la habilitación correspondiente.

  • Fumar en el sector de venta y/o almacenamiento.

  • Vender elementos pirotécnicos a menores de 16 años.

  • Almacenar, tener en guarda o depósito, material al alcance de terceros.

  • Vender elementos y/o dispositivos pirotécnicos no autorizados por la Ordenanza.

  • Almacenar, tener en guarda y/o depósito, elementos pirotécnicos cerca de materiales inflamables, fósforos, encendedores, fuentes de calor, calentadores, estufas, etc.