La Cámara de Casación de la Provincia resolvió hoy modificar las penas dictadas en 2013 contra los responsables de la salidera bancaria de la que fue víctima la olavarriense Carolina Píparo, y que le costó la vida al hijo que llevaba en el vientre. La decisión responde a un cambio de carátula en la causa, que ahora quedó definida como "homicidio en ocasión de robo".
La resolución benefició a Carlos Moreno (20), Miguel "Pimienta" Silva (43), Luciano López (20), Juan Manuel Calvimonte (25) y Carlos Jordán Juárez (45), quienes en mayo de 2013 fueron enjuiciados por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de la capital provincial.
En la primera condena, que data de mayo de 2013, el tribunal determinó que hubo una "tentativa de homicidio criminis causa" (para ocultar un delito) para Carolina Píparo, y también "un homicidio criminis causa" sobre el bebé que llevaba la joven en su vientre al momento del hecho y que falleció tras una cesárea de urgencia por el balazo que la chica había recibido.
Moreno fue considerado autor material del disparo; López, el otro motochorro; Silva y Juárez, los marcadores de la víctima; y Calvimonte, reclutador y logística.
Sin embargo, la Cámara de Casación, por mayoría, entendió la tarde de este martes que la figura de "criminis causa" no debe aplicarse a este hecho ya que llegó a una conclusión distinta al valorar la prueba. Para los magistrados se trató de un "homicidio en ocasión de robo" lo que benefició a los condenados y obtuvieron penas menores.
