Detenciones e indagatorias en investigación por tráfico de cocaína en cárceles de Sierra Chica y Florencio Varela

La fiscalía pidió cuatro nuevas indagatorias y ampliar la imputación de otras seis personas ya procesadas. La pesquisa permitió identificar nuevos eslabones, casi una veintena de hechos de comercialización y movimientos de dinero por millones de pesos, en una organización que operaba en las unidades 2 de Sierra Chica y 32 de Florencio Varela.

Miércoles, 26 de agosto de 2026 a las 18:53

Por Redacción

 

La fiscal subrogante de la Sede Fiscal Descentralizada Azul, María José Buglione y la fiscal general subrogante del Área de Litigio de la Región bonaerense de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), Patricia Cisnero, solicitaron la detención y declaración indagatoria de cuatro personas y la ampliación de la imputación de otras seis que ya se encontraban procesadas en una investigación por tráfico y comercio de estupefacientes en el interior de dos unidades penitenciarias bonaerenses.

El avance de la investigación, que contó con la elaboración de tres informes de la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal (DAC) de la Procuración General de la Nación, permitió identificar la posible participación de otras cuatro personas, tres de ellas actualmente detenidas en la Unidad Penal N°32 de Florencio Varela. Las tareas investigativas estuvieron a cargo de personal de la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas de Azul.

En ese marco, comenzó la ronda de declaraciones indagatorias por disposición del juez federal de Azul, Gabriel Di Giulio.

Las nuevas indagatorias fueron solicitadas para A.M.G., E.F.O., J.A.B. y J.L., mientras que la fiscalía pidió ampliar la imputación de J.P.S.C., V.C.R., E.O.C., N.A.A.V., J.A.E. y E.C.R. De este modo, son diez las personas que, de acuerdo con la hipótesis fiscal, habrían integrado la organización investigada.

A todos se les atribuye, con el grado de probabilidad propio de esta etapa, el delito de tráfico ilícito de estupefacientes en la modalidad de comercialización, agravado por la participación organizada de tres o más personas, en los términos de los artículos 5, inciso “c”, y 11, inciso “c”, de la ley 23.737.

La pesquisa sostiene que la estructura operaba al menos desde marzo de 2024 y hasta septiembre de 2025 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Virreyes, Florencio Varela y en el interior de las Unidades Penitenciarias N°2 de Sierra Chica y N°32 de Florencio Varela, dependiente del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB). La hipótesis reconstruida distingue entre quienes habrían abastecido de droga a los establecimientos y quienes, estando privados de su libertad, se habrían encargado de su distribución y venta a otros internos.

La pesquisa incluso contó con la cooperación del Juzgado Federal Criminal y Correccional N°1 de Lomas de Zamora, en el marco de una causa de trámite en aquel juzgado, en la que se detuvo a una de las mujeres que estaba siendo investigada por la fiscalía de Azul y que terminó condenada por el Tribunal Oral Federal N°2 de La Plata, también por infracción a la ley de estupefacientes.

 

 

El inicio del caso, el análisis de un teléfono

La investigación se inició en mayo de 2024 como desprendimiento de un expediente que tramitaba desde el año anterior y que dio cuenta de la existencia de un delito de acción pública que no tenía relación con el objeto procesal de aquellas actuaciones. En ese marco, el análisis de un teléfono celular secuestrado permitió detectar una conversación del 15 de marzo de 2024 en la que un detenido negociaba la compra de estupefacientes desde el interior de la Unidad N°2 de Sierra Chica.

En esas comunicaciones aparecían dos personas identificadas como “Chino Nuevooo” y “Nico del fondo”. La operación consistió en la compra de droga por 14.000 pesos: el dinero fue transferido a una cuenta de Mercado Pago a nombre de A.M.G., quien se encontraba detenido en la Unidad N°2. Los informes de las empresas telefónicas permitieron además vincular el abonado utilizado por “Chino Nuevooo” con esa persona y ubicarlo en Sierra Chica al momento de la transacción.

A partir de esa primera línea investigativa, las tareas realizadas por la Sede Fiscal Descentralizada de Azul —con intervención de Buglione junto a la auxiliar fiscal Felicitas Sábato— permitió identificar a los integrantes de una organización criminal con actividad tanto dentro como fuera de los establecimientos penitenciarios. Para ello se analizaron comunicaciones, movimientos bancarios, información proporcionada por el Servicio Penitenciario Bonaerense, testimonios y el resultado de allanamientos y requisas.

En septiembre de 2025 se realizaron allanamientos en domicilios y celdas vinculados con la investigación. Se secuestraron teléfonos celulares, anotaciones y estupefacientes. En particular, se hallaron casi 900 gramos de cocaína y más de medio kilo de marihuana, parte de la sustancia fraccionada y acondicionada para la venta.

A partir de esos procedimientos, el juez federal de Azul, Gabriel Di Giulio, procesó a las primeras seis personas imputadas, la mayoría de ellas con parentesco entre sí, por el delito mencionado. El avance posterior de la investigación permitió incorporar nuevos hechos y elementos que, según el Ministerio Público Fiscal, justifican ahora la ampliación de sus imputaciones y el avance sobre otras cuatro personas.

 

Los nuevos hechos y eslabones de la organización

 

El curso de la investigación permitió identificar nuevos eslabones de la banda, dedicados a la venta de material estupefaciente en el interior de las unidades penitenciarias donde estaban detenidos, quienes eran abastecidos por las personas ya procesadas y a su vez revendían a internos de las unidades penitenciarias N°2 y N°32, de acuerdo al devenir de los lugares de detención de los implicados. Una de ellas, incluso, de acuerdo a una declaración testimonial que consta en el expediente, exigía el ingreso de droga a través de visitas para poder ser parte del pabellón donde estaba detenida.

La investigación también detectó comunicaciones en las que se coordinaba el ingreso de estupefacientes mediante visitas y su posterior comercialización dentro de los pabellones.

La pesquisa permitió identificar 19 hechos concretos de venta, ingreso o gestión de estupefacientes, con indicación de fechas, personas intervinientes y, en varios casos, los montos abonados. Entre ellos, se documentaron operaciones atribuidas a integrantes que ya estaban procesados y otras que permitieron profundizar la participación de quienes ahora serán convocados a prestar declaración indagatoria.

 

Transacciones millonarias

 

Uno de los aspectos centrales para reconstruir la operatoria fue el análisis de los movimientos bancarios realizado por la Dirección General de Análisis Criminal y Planificación Estratégica de la Persecución Penal (DAC) de la Procuración General de la Nación.

La fiscalía incorporó tres informes de la DAC, elaborados sobre distintos períodos y cortes temporales. El análisis permitió detectar transferencias entre personas privadas de su libertad y otras que se encontraban en el exterior de las unidades, así como el empleo de cuentas pertenecientes a terceras personas para recibir y transferir fondos.

Uno de los informes reveló que uno de los eslabones principales de la organización, A.M.G., registró entre abril de 2024 y abril de 2025 ingresos de más de 235 millones de pesos y transferencias salientes por más de 152 millones, a pesar de estar detenido desde el inicio de la investigación y no tener inscripción alguna como contribuyente.

El análisis realizado por la DAC permitió robustecer la hipótesis trazada por la fiscalía. A partir de los movimientos de dinero bajo estudio se pudo establecer que los imputados que se encuentran privados de su libertad recibían dinero de personas también detenidas, lo que indicaría la venta de estupefacientes al interior de las unidades penitenciarias. Al mismo tiempo, los intercambios de dinero entre los imputados detenidos y quienes se encontraban fuera de las cárceles permitieron robustecer la hipótesis de que estos últimos proveían la droga para su posterior venta y distribución.

“Los movimientos bancarios que surgen de la sistematización realizada por la DAC dan cuenta de la dimensión y el nivel de organización de la banda criminal, que utilizaba cuentas a nombre de terceras personas para las transacciones dinerarias”, sostuvieron las representantes del Ministerio Público Fiscal en el dictamen.

La utilización de terceras personas para mover el dinero aparece además reflejada en las comunicaciones analizadas. En una de ellas, E.O.C., luego de proporcionar los datos de las cuentas a las que debía enviarse el dinero, indicó: “En cada cuenta 500 por favor”, una maniobra que, según la fiscalía, habría estado orientada a distribuir los fondos y dificultar la identificación de su origen.

En algunas de las conversaciones analizadas, esos pagos aparecían asociados a expresiones como “la fruta” y “remís”, que para los investigadores aludirían a la droga y a su traslado.

 

La ampliación de la hipótesis inicial

En el tramo final de su presentación, Buglione y Cisnero concluyeron: “El presente dictamen demuestra el complejo trabajo que conllevó acreditar la hipótesis fiscal original. A tal fin, se reunió evidencia suficiente para superar los obstáculos propios de la criminalidad intracarcelaria y se identificó con certeza a los eslabones que operan tanto dentro como fuera de los penales provinciales”.

En esa línea, sostuvieron que “el análisis integral de la información patrimonial, los registros telefónicos de los equipos afectados al caso y los testimonios recabados vinculó de manera concluyente a los miembros de la organización y demostró su modus operandi”, es decir, que quienes se encontraban fuera de las unidades habrían abastecido de droga a los internos y que estos, a su vez, la habrían comercializado dentro de los establecimientos.

Por ello, el Ministerio Público Fiscal solicitó al juez Di Giulio, que convoque a A.M.G., E.F.O., J.A.B. y J.L. a prestar declaración indagatoria y que cite a J.P.S.C., V.C.R., E.O.C., N.A.A.V., J.A.E. y E.C.R. a ampliar sus declaraciones, para que puedan ejercer su derecho de defensa respecto de los nuevos hechos incorporados a la investigación.