La incorporación del cobro de la llamada “cuota capital” o “contribución por acciones” en las facturas del servicio eléctrico fue una decisión adoptada “de urgencia, a fin de garantizar la sustentabilidad del servicio eléctrico, que se presta en forma normal”. Así lo reconoció Coopelectric en el escrito presentado por su apoderado ante el fuero Contencioso Administrativo.
Esa presentación constituye la respuesta de la entidad ante la demanda impulsada por la Asociación Civil Ciudadanía del Consumidor el pasado 19 de marzo, en la que objetó el cobro de ese ítem al tiempo que solicitó que la Justicia lo declare ilegítimo e ilegal.
En ese mismo escrito, se advirtió que: “La contribución por acciones se cobrará hasta tanto las autoridades provinciales reconozcan la tarifa que corresponde por Ley”.
Sin embargo, también se reconoció que el cobro de ese ítem “no se encuentra expresamente autorizado por el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (Oceba)”.
Se apuntó que “en la disyuntiva de no cobrar el concepto y poner en peligro la normal prestación del servicio y la sustentabilidad del mismo; o cobrarlo y garantizar la prestación normal y la sustentabilidad del servicio; mi mandante, frente al persistente incumplimiento de las obligaciones tarifarias por parte del Oceba y la Autoridad de Aplicación; ha optado por incluirlo y cobrarlo; aún a riesgo de ser sancionado”.
Otro dato que ya se conocía pero que también es mencionado en la presentación es que a partir de un cambio implementado en el sistema de facturación se podrá cobrar de manera separada la cuota capital desde el mes de junio.
Se aclaró que no se han producido cortes de servicio a usuarios, vinculados al no pago de las facturas que incluyen la “contribución por acciones”.
Una vez que esté operativo el nuevo sistema de facturación del servicio que permitirá el cobro por separado de la “contribución por acciones”, en el escrito elevado al Juez se apuntó que “se hará saber a los usuarios que no abonen el concepto, las consecuencias que como socios de Coopelectric ello les acarrea”.
Cómo sigue
Desde el mes de diciembre de 2025 la cooperativa implementó el cobro de este monto con la intención de generar un recurso que no podía obtener de la tarifa de la energía eléctrica que está regulada por el estado provincial.
De esta manera, considerando el mes de mayo, sumarían 6 meses de percepción de este cuestionado ítem.
Uno de los interrogantes es, si efectivamente podrá seguir cobrándolo, tal como lo anunció en el escrito, o se le ordenará que cese la medida, tal como lo piden desde la demanda.
Otro, es si cabe la posibilidad de que la entidad deba devolver a los usuarios los montos percibidos en calidad de la “cuota capital”.
Fuentes ligadas a la Asociación Civil Ciudadanía del Consumidor precisaron que se realizó una ampliación de la demanda y se espera aún la respuesta del Oceba. Con todo, luego el Juez deberá evaluar si contempla la demanda y proceder en caso de aceptarla.