La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución de lavandinas, cosméticos, productos para autos y un concentrador de oxígeno.
La resolución fue publicada este martes en el Boletín Oficial luego de una serie de controles realizados previamente por el organismo.
En primer lugar, la ANMAT prohibió a “Agua Lavandina Común Val Chemical”, elaborado por la Compañía de Poliproductos Baigó, al corroborar que no estaba registrada ante el organismo, a pesar de la habilitación nacional para el rubro domisanitario que tiene la empresa.
Por otra parte, se prohibió productos de limpieza y acabado de superficies de automóviles y motocicletas de las marcas Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedanil, debido a irregularidades en su inscripción. De este listado, quedó exceptuado el producto silicona aromatizada de la marca Fenix, único que contaba con registro válido.
En tanto, se prohibió al producto “LG – La Gefa Cosmética VIP”, tras corroborarse que no contaban con inscripción sanitaria en su rotulado. La medida alcanza a productos como serums, shampoos, máscaras capilares, tónicos de crecimiento, biotina, alisados y plex moleculares.
Por último, se sacó de circulación el concentrador de oxígeno marca Respironics, modelo EverFLO, al no cumplir con los requisitos establecidos para su comercialización como producto médico.