Estas medidas habían sido dictadas en el marco de las facultades delegadas que diputados y senadores le concedieron mediante la Ley Bases, pero que posteriormente fueron rechazadas por el propio Congreso a mediados de agosto.
Las resoluciones publicadas en el Boletín Oficial fueron dictadas para evitar un vacío legal, ya que el rechazo del Congreso no reactiva automáticamente las normas anteriores. Por eso, el Ejecutivo decidió restablecerlas formalmente.
Las normas que vuelven a estar vigentes son aquellas que habían sido modificadas por los decretos 462/25, 345/25, 351/25, 340/25 y 461/25. Estas medidas introducían reformas estructurales en organismos como Vialidad Nacional, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), además de cambios en el régimen laboral de la Marina Mercante que implicaban restricciones al derecho a huelga.
El Decreto 628/2025 restituye las disposiciones normativas que habían sido afectadas por el Decreto 340/2025. Con el argumento de impulsar su competitividad y desarrollo, la medida de l20 de mayo imponía un nuevo marco regulatorio para la Marina Mercante Nacional.
Entre las reformas estaba la aprobación del Régimen de Excepción de la Marina Mercante, con cambios en los permisos que debían solicitar los armadores de buques, la modificación de la Ley de la Navegación N° 20.094 y flexibilizaciones para el servicio de cabotaje por parte de barcos de bandera extranjera.
También se declaraba servicio esencial a la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial, de personas, mercaderías, carga, servicios conexos y operaciones costa afuera. En caso de conflictos colectivos que afectaran a estos servicios esenciales, se garantizaba una cobertura mínima del 75% de la prestación normal del servicio. La Justicia había declarado inválidos los artículos 2 y 3 de ese decreto.
Vialidad Nacional y el INTI
En paralelo, el Decreto 627/2025 de este miércoles también restituyó la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por los decretos 461/25, 462/25, 345/25 y 351/25.
En específico, el decreto 461/2025 dispuso, entre otras cosas, disolver la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) y la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial.
El 462/2025, en tanto, establecía que el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) se convirtieran en unidades organizativas dependientes de la Agricultura y de Industria y Comercio, respectivamente, manteniendo sus nombres, pero cambiando sus funciones.
Por su lado, el Decreto 345/25 dispuso la fusión del Instituto Nacional Yrigoyeneano y del Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas. Ambos institutos, creados por leyes y decretos previos, se integraron para formar una única unidad organizativa.
El Decreto 351/25 ordenó la transformación del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG), de un organismo descentralizado a un organismo desconcentrado. Había pasado a depender directamente de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete de Ministros. (DIB)