La Cámara de Diputados convirtió en ley la reforma de Alquileres con los cambios que fueron incluidos por el kirchnerismo en el Senado y que mantiene los contratos de locación en tres años mientras baja a 6 meses las actualizaciones.
La propuesta fue sancionada en la madrugada de este miércoles por 128 votos a favor y 114 en contra en una sesión maratónica que comenzó el martes al mediodía.
Unión por la Patria dio vuelta lo votado en agosto pasado y logró ratificar lo aprobado en el Senado con el apoyo de dos diputados del Interbloque Federal, uno de Juntos por Rio Negro y los cuatro representantes del Frente de Izquierda, mientras que Javier Milei, Juntos por el Cambio y algunos legisladores provinciales rechazaron la propuesta.
Las claves de la nueva ley de Alquileres
- Duración de los contratos: se mantienen los 3 años.
- Actualización semestral: la reforma establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios, a diferencia de la norma que estaba vigente que permitía una sola actualización anual.
- Fórmula para actualizar los alquileres: los precios de los alquileres se actualizarán en base al coeficiente de "Casa Propia" utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Este índice estará "conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia publicado por el Banco Central de la República Argentina".
- Pesos: la ley aprobada aclara que el precio de los contratos debe establecerse en moneda nacional. Tampoco la publicidad de los inmuebles en alquiler puede expresarse en otra moneda que no sea en pesos.
- Anticipos: se mantiene el tope de un mes para los anticipos.
- Incentivo fiscal al monotributo: se dispone que "los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo".
- Exención de Bienes Personales y de Impuesto al Cheque: se mantiene la exención de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler para vivienda habitacional y la exención del impuesto al cheque para aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes "utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados".
Ganancias: se estableció que "las partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación".
