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Cuál es el valor de la multa por no ir a votar y cómo pagarla

La Cámara Nacional Electoral tiene un Registro de Infractores. Quienes no vayan a votar lo pueden justificar a través de una página web.

Los ciudadanos que no votaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del pasado 12 de septiembre podrán votar este domingo en las elecciones legislativas, según precisó la Cámara Nacional Electoral (CNE ).

El voto en las elecciones legislativas de este domingo, al igual que fue en las PASO, es obligatorio y un derecho de los ciudadanos mayores de 18 y hasta 70 años, y es optativo para aquellos que superan esa edad y para los jóvenes de entre 16 y 17 años.

Las personas que no van a votar en las elecciones legislativas y no justifiquen la ausencia, deberán pagar una multa de 100 pesos. La multa por no votar en las PASO fue de $50. Así, las personas que no votaron en las PASO ni en las legislativas deberán pagar 150 pesos en total.

Mientras no paguen la multa, quedarán registrados como infractores, lo que implica que no podrán hacer trámites durante un año ni obtener el pasaporte. Tampoco podrán ser designados funcionarios públicos durante tres años. En el sitio oficial infractores.padron.gob.ar se puede consultar la situación particular de cada ciudadano.

Quienes no hayan emitido su voto deben justificar su abstención con documentación que acredite el motivo por el cuál no se emitió el sufragio. Esto podrá hacerse ingresando a la aplicación de infractores de la Cámara Nacional Electoral (CNE). 

Allí se deben ingresar los datos personales y tras copiar el código de verificación, se debe presionar en “solicitar justificación” para luego ser derivado a un menú que desplegará las posibles opciones de motivos. Deberá ser adjuntado como archivo el certificado que acredite la ausencia.

El elector deberá verificar que se encuentre en la base de datos del Registro de Infractores. La deuda puede abonarse a través del Banco de la Nación Argentina personalmente o por medios electrónicos como tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual. 

Desde el portal Argentina.gob.ar se precisa que “si sos mayor de 18 años y menor de 70, y no podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral porque no emitiste tu voto, te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar”.

“Además, no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”, apunta.

Y agrega: “Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la ciudad de Buenos Aires durante un año”.

En ambas elecciones, debido al marco de la pandemia de coronavirus, están exceptuados de ir a votar quienes tengan síntomas compatibles con el Covid 19 o estén cumpliendo con el aislamiento preventivo.

Además, están exceptuados aquellos que “el día de los comicios se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables”.

“Si está enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional y si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar”, se precisó.

También están exceptuados de sufragar “los jueces o auxiliares y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios”.

 

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