La ANMAT prohibió dos aceites de oliva, un jengibre en polvo y productos médicos | Infoeme
Viernes 26 de Abril 2024 - 2:55hs
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Olavarría

La ANMAT prohibió dos aceites de oliva, un jengibre en polvo y productos médicos

La medida fue publicada en el Boletín Oficial. Prohibieron la comercialización de dos marcas de aceites de oliva, un jengibre en polvo y varios productos médicos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el país de dos aceites de oliva, un jengibre en polvo, un anestésico de aloe vera, un producto dental y un suplemento dietario.

 

La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la disposición 543/2021  que prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: "EL CRIOLLO - JENGIBRE MOLIDO, RNPA: 02-659802, Fracc. para Dist. El Criollo SRL, Caracas 2720 -CABA, por: RNE: 03000229, PROCEDENCIA: ARGENTINA".

 

Dicha prohibición responde a que carece de registros de establecimiento y de producto, y se encuentra "falsamente rotulado" al exhibir en su rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, "resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

 

En tanto que la disposición 555/2021 prohibió la comercialización del producto: "'Aceite de oliva extra virgen', marca Olivos del Estero, Elaborado por primera presión en frío bajo tradicionales métodos europeos, Origen de Mendoza, RNE 13877393, RNPA 13826290, por carecer de registros de producto y establecimiento, por consignar registros inexistentes.

 

La disposición 561/2021  prohíbe la comercialización del aceite de oliva marca "Valle de los Olivos, envasado por RNE N° 13005447, RNPA N° 025- 13031995", por encontrarse, también, falsamente rotulado.

 

Por otro lado, la Anmat vetó, además, el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones, hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales, del producto: "FRESH, MASAJE PARA TODO EL CUERPO CON ALOE VERA, ANESTÉSICO NATURAL, Elaborado por Legajo 3542 C.I. 86427, Autorizado por M.S. y A.S. Resolución 44622".

 

Según señaló el organismo, el producto utilizado como un anestésico natural "no consta de registro de habilitación".

 

"Es que no puede asegurarse su calidad, seguridad y eficacia; muy por el contrario deviene en un producto que reviste un riesgo para la salud de los potenciales pacientes que desconociendo esta situación podrían hallarse en el supuesto de que se trata de un medicamentos seguro", completó la Anmat.

 

A través de la disposición 562/2021 se prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como: "BRACKETS EASY CLIP ROTH, ADITEK, REF 05.21.0390, MS 10331430016, vencimiento 2028-06, fabricación 2018-06, LOT 295414".

 

Según se detalló en el comunicado oficial el lote de mención no ha sido importado por su titular de registro en el país (ORTHODENT S.R.L.)," por lo que se desconoce su legítima procedencia y no puede asegurarse que se trate de productos que cumplan con las especificaciones correspondientes".

 

La Anmat también prohibió a través de la disposición 589/2021, la comercialización del producto: "Suplemento dietario "Nativa", Ajo- C concentrado, Colesterol-Hipertensión, Laboratorio Anahí, Amboy 3323 - Córdoba, RNE: 04003235, RNPA: 04042193, por poseer un registros ilegales.

 

Fuente: Infobae

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