AFIP actualizó los importes para las operaciones que realicen consumidores finales, con el cual se deberán identificar los datos de quienes compren en esta condición. Será una actualización de 1,136 guiándose según la variación semestral publicada por el INDEC entre diciembre de 2019 y junio de 2020.
Entonces cuando algún consumidor final exceda los $17.472 en una compra, deberá ser identificado con:
- Apellido/s y nombre/s
- Domicilio
- CUIT, CUIL, CDI O DNI.
Además, cuando el monto sea igual o superior a $8.736 y el pago no se realice con algún medio electrónico (Tarjetas, transferencias bancarias o algún medio de pago que quede registrado) también deberán ser identificados.
Cabe destacar que, estos importes irán actualizándose conforme el semestre calendario (es decir enero y julio de cada año).
Esta normativa además establece, que no regirá con dichos importes cuando el adquiriente o locatario sea responsable inscripto y, la operación efectuada sea con el IVA y corresponda a la comercialización mayorista.
- SECCIÓN C “INDUSTRIA MANUFACTURERA Y/O
- SECCIÓN G “COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR”
- REPARACIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MOTOCICLETAS” 461, 462, 463, 464, 465, 466 y 469-.
Hay que tener en cuenta que quedarán exceptuados aquellos clientes que realicen una operación igual o menor a $8.736 y realicen el pago con algún medio electrónico autorizado.
La próxima actualización sería en enero de 2021, teniendo en cuenta la inflación entre junio y diciembre de 2022.
