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Tandil declaró a Olavarría como "zona de brote epidémico activo" de Covid

La Disposición 577 del Sistema Integrado de Salud Pública de Tandil hace referencia a esa consideración sobre la situación sanitaria de nuestra ciudad. La medida implica que los olavarrienses que ingresen a Tandil, deberán seguir un protocolo similar al que actualmente se aplica con personas procedentes del AMBA.

Foto Archivo La Voz de Tandil

El Comité de Seguimiento de Coronavirus en el Partido de Tandil, informó en su Disposición 577 que Olavarría “es el distrito del interior de la provincia de Buenos Aires con mayor cantidad de casos” de COVID-19. En ese sentido, el artículo 1º del acto administrativo establece considerar "a la ciudad de Olavarría como zona de brote epidémico activo de Coronavirus".

 

En principio, la medida implica que los ciudadanos de nuestra ciudad que vayan a Tandil con intenciones de ingresar, deberán seguir un protocolo similar al que actualmente se aplica con personas procedentes del AMBA; esto es, que deberán someterse a la cuarentena estricta de 14 días en caso de querer ingresar a Tandil, aún con permiso.

 

Además, afirmaron que habrá mayores restricciones en las entradas a quienes no sean esenciales, dado que aquel distrito tendrá una consideración similar a la de una zona de circulación comunitaria.

 

La mencionada disposición se basa en el Decreto 1404 firmado por el Intendente Municipal, el pasado 22 de junio. El mismo dispone que "deberán guardar aislamiento preventivo y obligatorio durante catorce (14) días corridos desde su llegada, plazo que podrá ser modificado según la evolución epidemiológica", las siguientes personas:

 

Quienes ingresen al territorio del distrito, o hayan ingresado en los últimos 14 días, en virtud de una excepción al aislamiento social, preventivo y obligatorio y a la prohibición de circular establecida por el DNU 297/2020 y normas complementarias, y provengan: (i) del exterior; (ii) de zonas definidas con transmisión local del virus COVID-19 en el país por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales; (iii) de zonas de brote epidémico activo definidas como tal por el Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado previo análisis por parte del Comité de Seguimiento del Coronavirus (COVID-19).

 

Estas personas deberán también brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el Partido de Tandil y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar, que deberán ser cumplidas sin excepción.

 

En su artículo 7º, se hace referencia a las personas con domicilio o residencia en Tandil, que cumplan actividades laborales, profesionales, servicio y/o función pública o privada, o que deban atender una razón de caso fortuito o fuerza mayor debidamente fundada, en zonas definidas como de "transmisión local del virus COVID-19" o de "brote epidémico", tal el caso de Olavarría, en cuya virtud viajan de modo frecuente o intermitente entre ambos lugares.

 

En ese sentido, se decretó que "cumplirán aislamiento preventivo y obligatorio por menor plazo si, por la característica de la actividad, servicio o función que desarrollan o de la situación fortuita o de fuerza mayor que los motiva, deben egresar nuevamente del distrito en menos de 14 días".

 

Fuente: La Voz de Tandil

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