Publicaron el decreto para los días de compra: comercios deberán pedir DNI a clientes

Según el documento dado a conocer en el sitio oficial de la Municipalidad, los comerciantes deberán solicitar la documentación y en caso de que la persona no coincida con el día asignado podrán no permitirle el ingreso o abstenerse de “vender o realizar el servicio pretendido por el incumplidor”. Además se precisa el monto de las infracciones para cada parte y que organismo deberá llevar a cabo los controles.

Lunes, 20 de abril de 2020 a las 11:58

Por Redacción

En las últimas horas fue oficializado el decreto municipal 1060/20 que establece desde este lunes “un nuevo ordenamiento de abastecimiento para los vecinos del Partidoy en el que brindan mayores precisiones sobre su implementación.

 

Cabe recordar que según la nueva disposición “las personas cuyos DNI y/o pasaportes finalizados en números pares  (0, 2, 4, 6 y 8) deberán asistir a los comercios habilitados y exceptuados del aislamiento social preventivo y obligatorio los días lunes, miércoles y viernes” y  “las personas cuyo DNI y/o pasaporte finalicen en números impares (1, 3, 5, 7 y 9) concurrirán los días martes, jueves y sábados”. Los domingos no regirá el cronograma.

 

Respecto al cumplimiento del cronograma, el decreto determina que “los comercios que se encuentran habilitados para la atención al público deberán solicitar DNI o pasaporte a los clientes, no permitiendo el ingreso a aquellos que hayan concurrido el día que no corresponda y en todo caso absteniéndose de vender o realizar el servicio pretendido por el incumplidor”.  

 

El documento también echa luz sobre las personas exceptuadas: únicamente no serán alcanzados por el cronograma todo el personal abocado a la Secretaría de Salud y fuerzas de seguridad.

 

En relación con las multas, precisa que serán “ad referéndum del Concejo Deliberante” y costarán de  “4 mil a 6 mil pesos duplicándose por reincidencia” para clientes incumplidores y de “10 mil a 12 mil pesos duplicándose por reincidencia”  contra el comercio o prestador del servicio que incumpla con la medida.

 

A su vez, el valor estimado de la sanción para quienes no acudan a los comercios con barbijo o mascarilla será de entre 6 mil a 8 mil pesos

 

Finalmente se instruye a la Subsecretría de Seguridad y Control Urbano a verificar el cumplimiento de las disposiciones, “informando y orientando a la ciudadanía respecto de la regulación establecida y labrando las actas de infracción que correspondan las que serán elevadas al Juzgado de Faltas”.