En las últimas horas fue oficializado el decreto municipal 1060/20 que establece desde este lunes “un nuevo ordenamiento de abastecimiento para los vecinos del Partido” y en el que brindan mayores precisiones sobre su implementación.
Cabe recordar que según la nueva disposición “las personas cuyos DNI y/o pasaportes finalizados en números pares (0, 2, 4, 6 y 8) deberán asistir a los comercios habilitados y exceptuados del aislamiento social preventivo y obligatorio los días lunes, miércoles y viernes” y “las personas cuyo DNI y/o pasaporte finalicen en números impares (1, 3, 5, 7 y 9) concurrirán los días martes, jueves y sábados”. Los domingos no regirá el cronograma.
Respecto al cumplimiento del cronograma, el decreto determina que “los comercios que se encuentran habilitados para la atención al público deberán solicitar DNI o pasaporte a los clientes, no permitiendo el ingreso a aquellos que hayan concurrido el día que no corresponda y en todo caso absteniéndose de vender o realizar el servicio pretendido por el incumplidor”.
El documento también echa luz sobre las personas exceptuadas: únicamente no serán alcanzados por el cronograma todo el personal abocado a la Secretaría de Salud y fuerzas de seguridad.
En relación con las multas, precisa que serán “ad referéndum del Concejo Deliberante” y costarán de “4 mil a 6 mil pesos duplicándose por reincidencia” para clientes incumplidores y de “10 mil a 12 mil pesos duplicándose por reincidencia” contra el comercio o prestador del servicio que incumpla con la medida.
A su vez, el valor estimado de la sanción para quienes no acudan a los comercios con barbijo o mascarilla será de entre 6 mil a 8 mil pesos
Finalmente se instruye a la Subsecretría de Seguridad y Control Urbano a verificar el cumplimiento de las disposiciones, “informando y orientando a la ciudadanía respecto de la regulación establecida y labrando las actas de infracción que correspondan las que serán elevadas al Juzgado de Faltas”.
