La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de tres productos alimenticios.
La medida aplica al producto: "Berenjenas en escabeche caseras", marca La Flor de Loto, empresa radicada en General Alvear, Mendoza. Fue porque "el número de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) era inexistente y el número de Registro Nacional de Elaborador (RNE) había sido dado de baja".
Mediante la disposición 7437, se informó que se prohíbe la comercialización de "Extrudado a base de harina de arroz libre de gluten con y sin sal, cuyo nombre comercial es Tostadas de arroz con/sin sal" (en ambos casos con el logo oficial de alimento libre de gluten), elaborados por la marca Brurin S.A., radicada en Villa Ballester, Buenos Aires.
Argumentaron que "no cumplen la normativa alimentaria vigente, por lo que por Orden ASSAL N° 14/2019 se establece la alerta alimentaria y prohíbe la tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización, exposición y en su caso, decomiso, desnaturalización y destino final de los productos citados".
Por último, impugnaron la comercialización del producto "Agua de mesa, envasada retornable de 10 litros, marca Hermida Vida", elaborado por Sucesión de Hermida Manuel Perfecto, ubicada en La Plata.