Según consta en el artículo 137 de la Ley Electoral Provincial N° 5109, “se impondrá multa de pesos cincuenta ($ 50) a pesos quinientos ($ 500) a los electores mayores de dieciocho (18) años y menores de setenta (70) años que dejaren de emitir su voto”.
El artículo 140 de la misma norma afirma que “las multas que por esta ley se establecen, serán destinadas al fomento de la educación común en los respectivos distritos”.
Si bien en varios medios de prensa se asegura que hay “resoluciones de la Junta Electoral donde se establece que las multas se elevaron al rango de entre 1.000 y 2.000 pesos”, hasta donde pudo averiguar DIB los valores se mantienen en los rangos mencionados más arriba: $ 50 a $ 500.
Plazos
El punto clave para quienes no asistan es la justificación: los electores tienen un plazo de 60 días desde la elección para acreditar el motivo de la ausencia ante la Junta Electoral. La fecha límite, por lo tanto, es el próximo 6 de noviembre.
Solo se aceptan tres justificativos comprobables: estar a más de 500 km del lugar de votación, un problema de salud certificado o un motivo de "fuerza mayor".
Para justificar no haber ido a votar o, en todo caso, pagar la multa, hay que acudir al Registro de Infractores.
Qué se vota en PBA
En los comicios de este domingo, los bonaerenses elegirán 23 senadores provinciales titulares y 15 suplentes, junto con 46 diputados provinciales titulares y 28 suplentes. Además, se definirán concejales y consejeros escolares en los distritos.
El Ministerio de Gobierno bonaerense aclaró que, a diferencia de las elecciones nacionales de octubre, en estos comicios provinciales no se implementará la Boleta Única de Papel (BUP). La votación se realizará mediante el sistema tradicional de "boletas partidarias", que según la cartera "conserva plena vigencia". (DIB)