Decreto: el municipio extiende la “Dispo” hasta el 5 de abril | Infoeme
Jueves 25 de Abril 2024 - 18:36hs
16°
Jueves 25 de Abril 2024 - 18:36hs
Olavarría
16°

Decreto: el municipio extiende la “Dispo” hasta el 5 de abril

Fue a través de un decreto publicado este viernes. A través del mismo se dieron a conocer el funcionamiento, actividades y horarios que regirán desde este momento hasta la fecha.

Desde el gobierno Municipal publicaron este viernes un decreto que extiende el aislamiento social, preventivo y Obligatorio hasta el 5 de abril.

El documento, oficializado mediante la firma del intendente Ezequiel Galli, el Secretario de Gobierno Hilario Galli, el Secretario de Calidad de Vida y Desarrollo Social Diego Robbiani, de Mantenimiento y Obra Públicas Julio Ferraro Jaureguui, el Secretario de Desarrollo económico Julio Cesar Valetutto, el Secretario de Salud Germán Caputo y la Secretaria de Economía y Hacienda María Eugenia Bezzoni, especifica y detalla cuáles son las actividades, los horarios y el modo de funcionamiento que se permitirán hasta dicha fecha.  

Según se lee en el documento, desde el gobierno se prorroga “el cierre de los establecimientos comerciales e industriales del partido de Olavarría hasta el 2 de abril del 2021 inclusive”, exceptuando de dicha restricción a los comercios considerados “esenciales”, en los que se incluyen a supermercados, almacenes, despensas, carnicerías, pescaderías, fiambrerías, granjas, pollerías, verdulerías, fruterías y panaderas, que podrán funcionar en el horario de 8 a 22, al igual que los consultorios médicos, centros de diagnóstico por imágenes, ópticas, kinesiólogos, nutricionistas y odontólogos.

De la misma manera, y en concordancia con lo que se establece desde la cartera sanitaria para el “Dispo”, los kioscos podrán funcionar de 7,00 a  05.00, las comidas elaboradas para llevar podrán funcionar con delivery y con el modo “para llevar” permitiendo que sus clientes se apersonen a sus establecimientos a retirar los pedidos, hasta las 01:00 , las cervecerías y vinotecas hasta las 22,00 (y hasta las 23:00 con delivery).

Las peluquerías y centros de estética -turnos previamente asignados-, la venta de artículos de librería e insumos informáticos, los comercios de venta por mayor y menor, las agencias de loterías podrán funcionar, por su parte, de 8:00 a 22:00, mientras que las oficinas de Obras sociales, mutuales o medicina prepaga, podrán funcionar de 8:00 a 20:00.

Las estaciones de servicio, servicios postales y distribución de paquetería funcionarán sin

restricción horaria alguna.

Los locales gastronómicos en lugares cerrados podrán funcionar con un aforo del 50 por ciento de su capacidad, todos ellos hasta las 05:00.

En lo que respecta a las reuniones sociales, el decreto permite un número  de hasta 20 personas al aire libre o en espacios cerrados de amplia ventilación natural, tanto en domicilios particulares como en espacios privados de acceso público.

Compartirla

Notas Relacionadas

Deja tu comentario

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento. Leer más.