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Prohibieron la venta de un ají molido de una reconocida marca

La medida, adoptada por la ANMAT, fue publicada recientemente en el Boletín Oficial. Asimismo impugnaron la comercialización de productos de higiene.

 

La venta de productos alimenticios y de higiene fue prohibida en las últimas horas por la ANMAT, según publicaron en el Boletín Oficial.

 

Se trata del "Ají molido, marca 'Carrefour', Peso Neto 25g, Lote: 180628, Fecha de vto.: JUN 20, RNPA Expte. N° 2906-7580/16, elaborado por RNE N° 02-033526, comercializado por INC S.A".

 

Argumentaron que el producto en cuestión se halla en infracción al artículo 1200, 1203, 6 bis y 155 del CAA, por estar adulterado en razón de que presenta elementos histológicos de ají y de soja, amiloplastos de trigo y maíz, y en consecuencia resulta ilegal”.

 

La misma suerte corrió el "Hummus, garbanzo orgánico, marca Tsuki Macro Vegan, elaborado por Tsuki Macro Vegan".

 

La autoridad reguladora justificó que infringe el artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA, por carecer de autorización de producto y de establecimiento y por estar contaminado, al hallarse la Toxina de Clostridium botulinum en el alimento, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.

 

Asimismo impugnaron la comercialización de "todos los lotes de los productos de la firma Petriello Rubén Esteban Salome Desodorante para inodoros cont. Neto 40 g. RNE 020045314, RNPUD 0250006 y Desodorante Limpiador Antibacterial Ultra concentrado por 150 ml, RNE 020045314 TI 507, fragancias: cítrico limón, coco vainilla, cherry, pino, marina, lavanda".

 

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