Volvieron a habilitar el “traslado excepcional” de varados dentro del país

Así se confirmó este viernes a través del Boletín Oficial. Según informaron, la recepción de los varados deberá ser aprobada por cada jurisdicción.

Viernes, 01 de mayo de 2020 a las 09:55

Por Redacción

Este viernes, a través del Boletín Oficial, los ministerios de Interior y Transporte dieron a conocer la habilitación del “traslado excepcional” de varados dentro del país.

 

Según explica el escrito, solos será para quienes estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en un domicilio distinto al de su residencia habitual. El traslado deberá ser a través de vehículos particulares.

 

Un dato importante a recalcar es que el permiso se otorgará en forma excepcional una sola vez, y que cada provincia será la encargada de abrir y administrar el registro de personas que deseen regresar.

 

En esta misma línea, cada jurisdicción tendrá la potestad de desaprobar el permiso establecido por el Gobierno Nacionalen atención a la situación epidemiológica y sanitaria de la correspondiente.

 

Por último, el certificado tendrá una vigencia de 96 horas a partir de su emisión, y quienes lo utilicen deberán exhibir “copia digital o impresa del Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual y documentación respaldatoria de los datos allí consignados”. Cualquier falseo de datos tendrá consecuencias civiles, administrativas y hasta penales.