Suspenden de forma parcial la reforma jubilatoria del Bapro | Infoeme
Martes 16 de Abril 2024 - 10:51hs
16°
Martes 16 de Abril 2024 - 10:51hs
Olavarría
16°

Suspenden de forma parcial la reforma jubilatoria del Bapro

El fallo otorga una medida cautelar hasta que se resuelva la demanda de fondo, y beneficia a un jubilado del Bapro que inició la demanda en marzo del año pasado, por considerar que la nueva ley "viola un derecho adquirido", puesto que accedió al beneficio antes de la reforma de la ley.

Archivo

La Suprema Corte de Justicia bonaerense suspendió parcialmente la reforma a la Ley de Jubilaciones del Banco Provincia y ordenó al Gobierno a actualizar los haberes de una persona de acuerdo al cálculo anterior, que ataba los aumentos a las subas salariales de los trabajadores activos.

 

El fallo otorga una medida cautelar hasta que se resuelva la demanda de fondo, y beneficia únicamente a un jubilado del Bapro que inició la demanda en marzo del año pasado, por considerar que la nueva ley "viola un derecho adquirido", puesto que accedió al beneficio antes de la reforma de la ley.

 

Concretamente, la Corte suspendió por mayoría y de manera provisoria la aplicación del artículo 41 de la ley 15.008, que adoptaba un nuevo cálculo de haberes jubilatorios, similar a la reforma previsional aprobada en diciembre de 2016 por el Congreso de la Nación

 

El fallo indica que "en su reemplazo, la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del personal del Banco Provincia de Buenos Aires deberá calcular la movilidad de la prestación previsional respectiva de acuerdo a lo previsto por el artículo 57 de la ley 13.364". Ese artículo, correspondiente al régimen anterior, establecía la movilidad jubilatoria en función del salario de los trabajadores activos, por lo que los jubilados se beneficiaban de forma directa de cada incremento salarial.

 

Ante este fallo, la Caja de Jubilaciones del Bapro presentó un recurso de reconsideración de la medida. Por su parte, la Asociación Bancaria pidió "cautela", aunque se mostró optimista porque el argumento podría valer para el resto de los pasivos.

 

En febrero pasado, el gremio amplió su reclamo de inconstitucionalidad de la ley, haciendo hincapié específicamente en el artículo 41. En este escenario, fuentes sindicales indicaron a DIB que esperarán la resolución de la apelación de la Caja, y luego promoverán demandas individuales de todos los pasivos, para forzar una resolución colectiva de la demanda.

Fuente: DIB

Compartirla

Notas Relacionadas

Deja tu comentario

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algún comentario violatorio del reglamento será eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptación del Reglamento. Leer más.