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Las compras en dólares antes de la sanción de la ley no pagarán el 30%

Tras una modificación en el proyecto de ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva abordado ayer en comisiones en el Congreso, los gastos en dólares realizados antes de la sanción de la normativa quedan exentas del recargo del 30%.

El proyecto de ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva debatido el miércoles en el Congreso, señalaba que estarían alcanzados por el impuesto todos los gastos que efectivamente se liquiden luego de sancionada la ley, aun cuando se hubieran realizado antes.

 

Pero tras el debate en comisiones se modificó el inicio de su aplicación, determinando así que las compras en dólares realizadas antes de la sanción de la ley quedarán excluidas del recargo del 30%.

 

De esta forma la modificación blinda las operaciones realizadas en los últimos días con tarjetas de crédito, aportado más claridad a las personas que habían realizado consumos en los últimos días y que no tenían claro si sus deudas podían o no incrementarse por el nuevo impuesto.

 

Por lo tanto, quienes realizaron compras previas a la sanción de la normativa quedan eximidos de tributar, aun cuando el cierre de la tarjeta sea posterior.

 

El artículo 40 del dictamen de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados establece que el impuesto "será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley, con exclusión de las transacciones efectuadas con anterioridad a dicha fecha".

 

No sólo se incluyen dólares que se pagan por medio de tarjetas de crédito sino a los dólares adquiridos para su atesoramiento. “Con carácter de emergencia se aplicará a todo el territorio de la Nación”, especifica el proyecto que además aclara que si bien es por cinco años, podría verse modificado por el Poder Ejecutivo.

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