La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización del “aceite de oliva Blend Gourmet, marca Olivalle, con el símbolo facultativo de alimento libre de gluten, RNPA N° 02- 588337, envasado y elaborado por RNE N° 02-034846, origen La Rioja“.
Según informó el ente regulador “El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos, 6 bis, 13, 155, 1383 y 1383 bis del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, consignar el símbolo facultativo de alimento libre de gluten sin estar autorizado como tal y estar falsamente rotulado al presentar en el rótulo un RNPA perteneciente a otro producto y que no está vigente y un RNE que corresponde a otra firma, resultando ser en consecuencia ilegal”, informó ANMAT en la disposición 2090/2018.
Además se informó que por tratarse de “productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284“.
Debido a lo comunicado anteriormente se establece la alerta alimentaria y se ordena la prohibición de elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición y en su caso, decomiso, desnaturalización y destino final de dicho producto.