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Votos válidos, recurridos y nulos ¿cuáles son las diferencias?

Los tipos de voto que pueden emitir los electores en un comicio se clasifican en tres categorías: los válidos, los nulos y las categorías transitorias, según el Código Nacional Electoral. La siguiente es la explicación de cada uno de ellos:

  • Voto afirmativo (válido): son aquellos que se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías, o cuando para cada categoría de cargo se eligen boletas oficializadas de fuerzas políticas diferentes.
  • Voto en blanco (válido): cuando el sobre está vacío o contiene un trozo de papel de cualquier color sin ninguna inscripción. Cuando falta un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, se considera voto en blanco sólo para dicha categoría.
  • Voto recurrido: es aquel cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa. El fiscal deberá fundamentar en el formulario especial de voto recurrido con "expresión concreta de la causa".
  • Voto de identidad impugnada: es un voto sobre el cual el presidente de mesa o los fiscales consideran que el votante ha falseado su identidad; es decir, que no es el titular del documento cívico que presenta. La impugnación se realiza en el momento previo a emitirse el sufragio.
  • Voto nulo: es aquel que se emite con una boleta no oficializada, o cuando se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas o se hayan incluido objetos extraños. También se considera nulo cuando se hayan incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargos, o cuando se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones o leyendas de cualquier tipo.

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