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Por decreto, el Gobierno pide a intendentes que controlen precios

A nivel local, la medida tuvo un fuerte repudió por parte de Ezequiel Galli, quien aseguró que el municipio no llevaría a cabo dichos controles y que se trataba de una iniciativa “sin ningún sentido”.

 

A partir de un decreto publicado este viernes, el Gobierno convocó a intendentes y gobernadores de todos los municipios y las provincias del país a fiscalizar y controlar el cumplimiento del control de precios establecido por la resolución 1050/2021, una medida que fue objeto de un fuerte repudio por parte del intendente Ezequiel Galli.

 

La misma estableció que los precios para 1.432 productos de consumo masivo se retrotraigan al 1° de octubre último y permanezcan así hasta el 7 de enero de 2022

 

A nivel local, la medida de congelamiento de precios fue muy cuestionada por el jefe comunal, quien afirmó que el municipio “no hará controles” y, aparte, aclaró que la iniciativa “no fue una decisión que tomada en conjunto entre los intendentes de Juntos”.

 

“Esta decisión no es un acuerdo de Juntos. Ni siquiera lo hablamos. Es una medida que no tiene ningún sentido, ya se hizo y no funcionó. Salíamos y los productos no estaban en góndola o los encontrábamos con precios fuera de lo que habíamos acordado. Es una pérdida de tiempo”, agregó Galli.         

 

Más allá de esto, el decreto 745/2021 publicada este viernes por el Gobierno Nacional precisó que para el cumplimiento de los controles, las autoridades municipales deberán ajustarse al procedimiento y las acciones previstas en los artículos 10 y 12 de la Ley 20.680 de Abastecimiento, mientras que “el juzgamiento de las infracciones corresponderá a la Secretaría de Comercio Interior de la Nación”.

 

El artículo 10 de la Ley 20.680 establece como procedimiento, el labrado de un acta de infracción, la admisión de pruebas y la resolución del hecho.

 

En tanto que el artículo 12 señala que los funcionarios podrán requerir el auxilio de la fuerza pública; allanar en horas hábiles y días de funcionamiento, locales industriales, comerciales, establecimientos de producción, y solicitar a los jueces competentes órdenes de allanamiento cuando deba practicarse este procedimiento en días y horas inhábiles o en la morada o habitación del presunto responsable.

 

También podrán secuestrar libros y todo otro elemento relativo a la administración de los negocios por hasta 30 días hábiles; intervenir la mercadería en infracción, aun cuando estuviera en tránsito, nombrando depositario; y clausurar preventivamente hasta por tres días los locales en los que se hubiere constatado la infracción.

 

Del mismo modo, los intendentes están habilitados para intervenir y declarar inmovilizadas las mercaderías que hubieren sido objeto de una maniobra tendiente a reducir la oferta; citar a los presuntos responsable y solicitar a la autoridad de aplicación su detención preventiva.

 

Cabe recordar que la Secretaría de Comercio Interior, que encabeza Roberto Feletti, realizará cambios en el congelamiento de precios para que pueda llegar a los comercios de proximidad, como almacenes, kioscos, autoservicios o supermercados chinos, en donde se realizan más de la mitad de las ventas de consumo masivo. Hasta el momento, estos negocios no pudieron retrotraer ningún precio, mientras que en las grandes cadenas de supermercados el acatamiento al congelamiento tuvo un cumplimiento de entre 67 y 100%.

 

(Fuente: DIB)

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