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Absuelven a camionero con domicilio en Loma Negra por accidente con 5 muertos

En marzo de este año había sido condenado a tres años y medio de prisión e inhabilitado por el plazo de diez años para manejar. Pero, apelación mediante de su Defensor Particular, el fallo fue revocado desde la Cámara Penal de Azul. Los camaristas consideraron que el transportista no tuvo responsabilidad en ese grave incidente de tránsito y no descartaron que haya sido producto de una maniobra imprudente de un hombre que conducía otra camioneta. 

Crédito Nacho Correa / El Tiempo de Azul

La Cámara Penal de Azul revocó un fallo que había condenado a un camionero domiciliado en Loma Negra por un siniestro vial ocurrido sobre la Ruta 51. En ese hecho, que se produjo en marzo de 2014 en Tapalqué, habían fallecido cinco personas. Entre ellas, tres menores de edad.

 

En segunda instancia, el máximo Tribunal de Alzada departamental absolvió al transportista que, en el debate que por el caso se hiciera entre los meses de febrero y marzo pasados en un Juzgado Correccional local, había sido condenado a “tres años y medio de prisión” e inhabilitado para conducir por el plazo de diez años, consigna una detallada crónica de diario El Tiempo.

 

El hombre que ahora fue absuelto tiene 48 años de edad. Llamado Aníbal Oscar Alberti, es oriundo de Pehuajó y figura con actual domicilio en Loma Negra

 

En el recurso de apelación formulado a favor del camionero que fue absuelto en esta segunda instancia, su abogado objetó también lo que definió como “la desmedida condena” que el juez que intervino en el debate le impuso a su cliente.

 

Al respecto, indicó que los montos de dichas sanciones estuvieron “muy por encima” de los solicitados por la Fiscal que intervino en el juicio. Según el abogado, dichas penas podían caberle, en casos de incidentes de tránsito, a imputados por hechos cometidos con “dolo eventual y/o hasta en una culpa con representación, como serían correr picadas, cruzar semáforos en rojo o circular en estado de ebriedad”.

 

Según los camaristas Damián Cini y Carlos Pagliere (h), a título penal el transportista no tuvo responsabilidad en ese grave incidente de tránsito en el que -además del camión con acoplado que guiaba- estuvieron implicados un automóvil y una camioneta en los que viajaban las víctimas.

 

En el fallo, los jueces de la Cámara Penal no descartaron que la verdadera responsabilidad en lo sucedido la haya tenido un hombre que aquel día conducía otra camioneta y que desde un camino vecinal había intentado acceder a la ruta.

 

Al respecto, los camaristas deslizaron una hipótesis vinculada a que, en el marco de una maniobra que habría sido totalmente imprudente, ese vehículo guiado por un hombre que falleció en febrero de este año por causas naturales, fue el que provocó que el conductor del camión, para no chocarlo, se viera obligado a invadir el carril contrario de la ruta, produciéndose así los posteriores impactos contra el auto y esa otra camioneta. Es decir, con los dos rodados en los que viajaban las víctimas de lo que fue este grave siniestro vial.

 

Fuente: Diario El Tiempo

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